Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Duda art. 58 ley 8904

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #556743  por lucanor
 
Este articulo dice que la parte contraria (en este caso condenada en costas) y el cliente del abogado, son solidarios por el pago de los honorarios regulados en todo tipo de juicios. Quiere decir que si el cliente le paga a su abogado libera a la otra parte (condenado en costas) al ser solidario y no subsidiario ?? Es una duda que me han planteado. Si alguien puede comentar algo, les agradezco. Muchas Gracias. Saludos.