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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #557211  por nachitoius
 
Estimados colegas, les pediría orientación en este caso.
Tengo una cliente que trabajó en una empresa de capital y la despidieron. Dicha empresa, si bien tiene un domicilio en la CABA, forma parte de un grupo económico que tiene domicilio en provincia de buenos aires.
Como me conviene efectuar el reclamo en provincia, quisiera saber si es posible intimar y demandar al Grupo en Pcia de Buenos Aires (Art. 3 inc. a - Ley 11653). Aún no comencé el intercambio telegráfico.
¿Qué opinan? Todo comentario será bienvenido. Gracias
 #558095  por Romina34
 
Fijate cuál la sede laboral y el domicilio legal del empleador, si todo te lleva a CABA no veo opciones. Salvo que involcures al grupo como real empleador, pero para eso se debería conocer más la vinculación del mismo y la relación del empleado respecto de él.
Saludos,
 #558192  por alejandra01
 
hola. te respondo. Fijate que la ley de procedimiento laboral para pcia de Bs As establece que se rige por:
domicilio del empleador
lugar de trabajo
lugar de celebración del contrato de trabajo
Si podés encasillar tu caso en alguno, podés iniciar en provincia...
Ah...me gustó tu avatar... :lol: