Estimados colegas, les pediría orientación en este caso.
Tengo una cliente que trabajó en una empresa de capital y la despidieron. Dicha empresa, si bien tiene un domicilio en la CABA, forma parte de un grupo económico que tiene domicilio en provincia de buenos aires.
Como me conviene efectuar el reclamo en provincia, quisiera saber si es posible intimar y demandar al Grupo en Pcia de Buenos Aires (Art. 3 inc. a - Ley 11653). Aún no comencé el intercambio telegráfico.
¿Qué opinan? Todo comentario será bienvenido. Gracias
Tengo una cliente que trabajó en una empresa de capital y la despidieron. Dicha empresa, si bien tiene un domicilio en la CABA, forma parte de un grupo económico que tiene domicilio en provincia de buenos aires.
Como me conviene efectuar el reclamo en provincia, quisiera saber si es posible intimar y demandar al Grupo en Pcia de Buenos Aires (Art. 3 inc. a - Ley 11653). Aún no comencé el intercambio telegráfico.
¿Qué opinan? Todo comentario será bienvenido. Gracias
