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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #557753  por miguel19790
 
UN SR QUE COBRA UN BENEF. POR INVALIDEZ DE $200 SOLAMENTE SOLICITA SU JUBILACION LEY 24476. VA A L TURNO Y NO LE RECIBEN EL EXPTE PORQUE COBRA STE BENEF. QUE LE DIJERON ES IRRENUNCIABLE.TAMBIEN TIEN E UN PEDIDO DE JUBIL. VIA WEB YA RECHAZDA POR UNA AFJP EN EL 2007 DONDE NO LE RECONOCEN EL DERECHO. LUEGO DE UN AÑO DE ESTOS HECHOS SE PRESENTA LA ESPOSA A MI ESTUDIO Y ME NARRA LOS SUCEDIDO. LO QUE HAGO ES BAJAR EL SICAM Y HACERLE UNO NUEVO- IVA A INGRESARLO AL EXPTE POR INSISTENCIA, ME DA EL TURNO PARA EL 13 Y EL SR FALLECE 3 DIAS ANTES. PREGUNTA: PUEDO UTILIZAR STE SICAM PARA LA PENSION AÚN SIN HABER SOLICITADO LA BAJA NI HABER PEDIDO RECONVERSION POR EL BENEFICIO POR INVALIDEZ DE $ 200 QUE TENIA EL DIFUNTO. LO QUE HICE ES AL SABER QUE EL HOMBRE ESTABA MUY MAL ARME UN SICAM NUEVO POR SI LO PODIA UTILIZAR PARA LA PENSION. NO TENIA INSCIPCION EN AUTONOMOS. Y TAMPOCO QUIERO HACERLE LA DERIVADA DEL BENE. TRANSITORIO PORQUE ES MUY POCO.-
 #557764  por celiaEsc
 
Hola: ¿podrías dar más datos?
- 1-¿tenía un RTI, otorgada por una AFJP, o por quién ? ¿ cuántos aportes acreditó?
-2-¿desde cuándo se la otorgaron y cuántos años de edad tenía entonces?
-3-Fecha de nacimiento y fecha de fallecimiento.

Además, no puedes utilizar el mismo sicam, porque el procedimiento para que te sirva es diferente, tienes que llevar a AFIP, una copia autenticada del acta de defunción y de la constancia emitida por la ANSeS, que la reconozca como beneficiario autorizado, además tienes que enviar a la AFIP, a la viuda, con todo eso, a los efectos de solicitar una clave fiscal para poder ser designada administradora de relaciones de su esposo fallecido. Una vez realizada dicha relación en AFIP, vas a poder ingresar con el cuit de ella, y efectuar la pensión. Ese sicam, no te sirve. saludos
 #557768  por FLORCITA73
 
Hola:

Según entiendo, si mientras el beneficiario está transcurriendo el RTI cumple el requisito de edad para la PBU, puede transformar el beneficio en jubilacion.
En cambio, si ya es un Retiro por Invalidez definitivo (luego de la 2da. Revisación Médica ), no puede transformarse el beneficio en jubilacion.
 #557772  por miguel19790
 
el sr. nacio el 08/1943 fallecio hace algunos días, la afjp le orotgo el rti, la vinculacion en anses y la clave afip ya las tengo, al ingresar por cuil del fallecido aparece el sicam vigente .
el tema es si puedo relizarle la pension con moratoria a la señora y no hacerle la derivcada de esos $200 y preguntaba si podía valerme de ese mismo sicam via res- 884/06. o si el difunto al tener este benef. por invlidez no se puede hacer nada, al ser el beneficio irrenunciable, pero como ahora el titular esta fallecido cambian las condiciones? se entiende?
 #557794  por celiaEsc
 
Es confusa tu explicación cuando dices :si podía valerme de ese mismo sicam via res- 884/06
porque esta resolución no se aplica en el caso de una pensión, es decir no impone restricciones a una jubilada para acceder a una pensión. No es de aplicación a tu caso.
por otra parta comparto el criterio de Florcita, y a eso dirigía mis preguntas, si el señor nació en 1943 y no tenía edad para convertir el RTI, y por otra parte ya tenía el RDI, entonces, ya no puedes hacer nada para transformar ese beneficio, sí la derivada por los $200.
Además seguramente al obtener ese beneficio, ANSES tuvo que complementar importes, y a los que carecían de aportes suficientes en general no se les reajusta el haber por esa causa. Saludos
 #557812  por miguel19790
 
via exepciones a la res 884 perdon.Esta aclarado mi duda, gracias celia