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 #560727  por lorena2315
 
Hola les consulto tengo la sucesión de A, viuda B hijos C,D,E.

E desapareció hace hace muchos años y se hizo una ausencia con presunción de fallecimiento y su sucesión siendo herederos de E, el señor A fallecido ahora y la viuda de E, F.

En la sucesión de A que posee solo un bien propio, heredan A. B. C, D y por E (el fijo prefallecido) hereda F, la viuda de E tiene derecho de representación (yo creo que no) pero se me planteó la duda o la porción de E será repartida entre el resto de los herederos. Gracias

Saludos
 #560782  por sole10
 
Tené presente el derecho a heredar de la nuera viuda sin hijos,ella recibiría el 25 %,de lo que le correspondería a su esposo prefallecido.
"La nuera viuda y sin hijos que sucede a sus suegros en los términos del art. 3576 bis del Cód. Civil, no tiene derecho a acrecer en caso de que no concurran otros herederos".CNCivil en Pleno. 29/8/93."

Es decir, no es que la nuera viuda sin hijos hereda el 25 % de lo que hubiera herederado su esposo porque lo demás lo heredan sus cuñados o sobrinos, sino que es el límite que la ley le pone. Aunque fuera la única heredera, sólo recibiría ese porcentaje.


Art. 3.576 bis CC. La viuda que permaneciere en ese estado y no tuviere hijos, o que si los tuvo no sobrevivieren en el momento en que se abrió la sucesión de los suegros, tendrá derecho a la cuarta parte de los bienes que le hubieren correspondido a su esposo en dichas sucesiones. Este derecho no podrá ser invocado por la mujer en los casos de los artículos 3573, 3574 y 3.575.