Hola a todos! El tema es el siguiente: se planteó ante la ANSeS un reajuste de haberes el cual aparece en la página web del organismo resuelto favorablemente en fecha 19/11/2007. A pesar de ello el beneficiario nunca percibió el mencionado ajuste por lo cual viene a consultar. Cuando voy a tomar vista del mismo me encuentro con que la última foja del expediente es esta misma que sale en la página web , o sea la que dice que el trámite está resuelto favorablemente PERO nunca se hizo el cómputo y la liquidación y por lo tanto no se materializó correctamente la resolución fundada, motivada. Mi pregunta es cómo ataco este acto??? porque en anses me dicen que inicie un nuevo reajuste pero no lo queiro hacer así porque de esa manera perdería el retroactivo. Sería un caso de ilegitimidad del acto administrativo?? Qué valor tendría esa resolución digital, publicada en la página web (teniendo en cuenta que es un acto de alcance particular) pero no materializada de la forma correcta?? Bueno espero alguien pueda orientrme...
Muchas Gracias
Muchas Gracias