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  • ART 9 LEY 25.013

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 #561758  por dhabogada
 
Hola, me surgio la duda de si puedo poner o no en la demanda el mencionado ART 9 ley 25.013 sobre temeridad y malicia??? Y en ese caso, el importe que es de dos veces y media la tasa de interes... lo percibe el trabajador????
Otra cosita, en una ejecucion de convenio tambien podria pedirlo??? hace 1 año ya que incumplieron y me practican liquidaciones que no corresponden en el expte de ejecucion...
 #561764  por GU
 
En la demanda si lo podes incluir. Pedilo pero como 275 de la LCT.

En el incumplimiento del acuerdo no creo que puedas, pero seguramente hay alguna clausula para el supuesto de incumplimiento que podras reclamar.

Salutes!
 #561769  por dhabogada
 
Gracias Gu!!!!
 #562179  por pablorix
 
SE PUEDE PEDIR POR INCUMPLIMIENTO DE CONVENIO, LO DICE EL LIBRO DE GRISOLIA DE DOS TOMOS.
 #562526  por dhabogada
 
ok!!! :P
 #563264  por MORGAN
 
Claro que podés pedirlo está muy claro en la ley.
 #620500  por Vik
 
Chicos, les consulto precisamente por este artículo, mi duda surge en cuanto solicitarlo como tal, " Multa del art. 9 ley 25013 " o solicitarlo como la sanción prevista en el Art. 275 LCT, este art. 9 de la 25013 está vigente y según Grisolía en Regimen Indemnizatorio del CT" puede aplicarse a toda relación laboral, independiente de la fecha de ingreso y despido, pero he leido y en este mismo hilo leo opiniones contrarias a solicitar la aplicacion del art. 9. Puede alguien darme una razon de ello? Gracias
 #620744  por dhabogada
 
hola, yo consigne art. 275 LCT