Hola, tengo una clienta que trabajo durante 6 años para una Sociedad de Hecho haciendo ropa para muñecas, gente de la SH le alcanzaba el material para coser y ella debia confeccionarla y tambien embalarla en los estuches de venta, le proporcinaban la maquinaria etc. y luego se lo pasaban a retirar. Demas esta decir que trabajaba casi 16 horas por dia para cumplir cn la entrrega que le exigian y hasta en temporada alta(dia del niño y mes previo) se quedaba sin dormir para cumplir cn la cantidad pedida. Jamas le pagaron luz, ni obviamente o social, art, demas aportes ni aguinaldo ni vacaciones -todo en negro-. En el mes de marzo le dejaron de enviar trabajo, yo ahora estoy haciendo el intercambio epistolar hable con el abogado de la contraria y me dice que ellos consideran que es trabajo tercierizado, no relacion de dependencia y que nada le deben. Pregunto: Que es eso de trabajo terciarizado? si ella ni siqueira es monotributista ni le facturó nunca? Puede imponerlo como tal y rechazarse relacion de dependencia? Existe relacion de dependencia por mas que las tareas prestadas se realizaran en el domicilio de la empleada y no dentro de la sociedad???
GSL
