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  • Responsabilidad de la inmobiliaria

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 #566501  por ange
 
Queria consultar por un caso que me llego en el cual una mujer alquila un inmueble a traves de una inmobiliaria en una calle centrica, acuerda reparar el mismo por lo que ingresan albañiles y coloca materiales nuevos para adaptar la propiedad para vivienda familiar. Va a certificar su firma junto a la de los propietarios d ela garantia a un escribano y cuando falta 1 dia para ir a vivir a la casa la dueña de la misma le cambia la cerradura y le dice que no la quiere alquilar. El hombre de la inmobiliaria le dio otro inmueble como "consuelo" el tema es que es una barrio alejado, sobre calle de tierra y la verdad que despues de unos meses se le hace imposible contnuar viviendo ahi porque le damanda mas gastos de movilidad y por las comodidas que no tiene aca.

Debo intimar tanto a la inmobiliaria como a la dueña pero necesito me encaminen un poco.
Agradezco la colaboracion.
 #566582  por Lizzie
 
Entiendo que debés demandar a ambas partes por incumplimiento de contrato. Fijate si primero con CD y luego formal demanda o directo incoás demanda.
Si primero te cumple la inmobiliaria, ella tendrá acción de repetición contra la propietaria.
Independientemente de ello, no te olvides de incluir no sólo el incumplimiento del contrato conforme lo estipulado en el mismo, sino además las mejoras que hiciste efectivamente. En el caso que ella no te hubiera permitido efectuarlas, vos contrataste personal para esos arreglos y eso también merece ser resarcido.
Saludos.
 #566695  por lawyer07
 
Completando lo que dice la colega LIZZIE, La ley 20266 y 25028 (que regula la actividad de martillero y corredores públicos) y la Mayoría de las leyes Provinciales de Martilleros y Corredores (buscá la de tu provincia en el portal web del colegio de martilleros de ahí) estipulan que dichos profesionales cuando hacen uno u otro acto (o sea cuando actúan como martilleros o corredores) deben manifestar expresamente su intervención en el contrato o instrumento privado y a su vez registrar cada operación en un libro especial que debe ser rubricado por el colegio de martilleros. Por eso en la cd indicale a la inmobiliaria que te den vista de los libros obligatorios donde se asentó la operación, bajo pena de solicitar intervención del colegio de martilleros de esa provincia. Incluso para decirte mas, hay algunas leyes que indican que los colegios de martilleros deben controlar (algunas leyes fijan un plazo anual) que los matriculados no estén fuera de la ley. Por eso que, ante una demanda por ahí podes incluso solicitar responsabilidad solidaria del colegio profesional por omitir el cumplimiento de los deberes que la ley impone a su cargo.
En este caso a mi entender la inmobiliaria intervino en un acto de corretaje, o sea, por medios publicitarios acercó a las partes para que efectúen un negocio con consecuencias jurídicas. (tendrías que colectar prueba sobre la publicidad efectuada para lograr mas certeza o también será válido cualqueir dato que figure en el contrato poruqe muchas veces se establece a la inmobiliaria como lugar de pago de los alquileres)
Amén de ello, y teniendo en cuenta que según indicás, las partes firmaron todas (simplemente faltó la certificación de firmas) el contrato quedó concretado. Podrás, según el caso, demandar o el cumplimiento del mismo o su resolución. No te olivdes que la facultad de resolver anticipadamente el contrato (art. 8 ley 23.091) solamente está otorgada al inquilino y no al locador.
Fijate tambien, que la inmobiliaria - al momento de otorgarle otra propiedad a tu cliente - no le haya hecho firmar algún pagaré o desistimiento, el cual tambien puede ser objetado entiendo por ser los plazos de la ley 23.091 de orden público.
Espero te sea de utilidad, Saludos y suerte.
 #566941  por ange
 
Agradezco enormemente sus respuesta. Muy amables y valiosisimo el aporte de ambos.
Saludos.