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  • COMO COBRO ESTO??

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #567767  por ernestoc
 
Espero que a alguien se le ocurra algo mejor que a mí. El tema es así en un exte. que estoy con probabilidades de ganar (voy por el demandado) el actor quiere arreglar. El tema es que le ofrece a mi cliente una parte de una propiedad, de la cual mi cliente quedaría como copropietario junto con otra persona. Y mis honorarios debo cobrarlos de esa propiedad. O sea esa parte que cede alcanza para llegar satisfaer a mi cliente y para que tanto mi cliente como la otra parte paguen mis honorarios. Ahora, como hago para asegurar el cobro de los mismos?? con mi cliente firmo convenio de honorarios, supeditados a la venta de esa propiedad y con la actora?? el dijo te doy la propiedad cobrate de ahí. Cabe aclarar que la otra propietaria también quiere vender...pero no le encuentro la vuelta....
 #568576  por raisamanghi
 
Hola, yo en tu lugar exigiria comprometer a los dos por los honorarios, es decir si toman la propiedad que se ofrece que en el convenio aparezcan los dos haciendose cargo de tus honorarios. Es dificil tener que entrar en este tipo de circos pero a veces no queda otra...que te participen de la propiedad y si se hacen los picaros se las mandas a remate y listo. Cuidate mucho, incluso de la "generosidad" del cliente!
 #568873  por ernestoc
 
Gracias Raisa, si la verdad que estoy tratando de cubrir todos los lados, para que no me ca...pero la verdad que siento que por algún lado me van a querer pasar...Pensaba convenio con mi cliente y reconocimiento de deuda de mi cliente en concepto de los hoorarios que me debe la otra parte.
Es decir mi cliente se queda con la propiedad y al momento de venderla me cancela los honorarios que me debe a mi por el convenio de honorarios y a su vez me cancela el reconocimiento de deuda en el cual en realidad estaría cancelados los honorarios que me debe la otra parte. Se entiende?? puede mi clienta firmarme un reconocimiento de deuda en el cual entiendo que no puedo poner en concepto de honorarios debidos por otra persona....que hago??
 #569408  por raisamanghi
 
Me parece que lo mejor es que en el mismo momento que se le transfiera la copropiedad a tu cliente, se firme el acuerdo de honorarios donde se especifique que los mismos se abonaran del producido de la venta del inmueble. No se que relacion hay entre la suma del arreglo y tus honorarios, pero otra más segura es que te participen de la propiedad aunque sea en una porción minima, ahi si que te aseguras que no te jodan por ningun lado.- Ojo no desobligues al actor hasta no tener todo esto abrochado. Suerte!!
 #569429  por ernestoc
 
Si pensé eso, el tema es que no sé si es ético eso, o si puedo llegar a tener algún problema por poner parte de esa propiedad en la cesión a favor mío.....los demás herederos tienen que prestar conformidad a la cesión? por que si luego de hacerla se llegan a oponer o por algún motivo la declaran nula, soné....