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  • sos costas al alimentado en acuerdo de alimentos

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #570436  por dramariafernanda
 
Estimados colegas : mi duda se debe a que hace poco que ejerzo esta maravillosa profesion , pero que a veces nos genera mas que una duda.
El tema es el siguiente , represento a la demandada en una tenencia en pcia, la misma es revertida a nuestro favor y establecen una couta de alimentos. de todo el acuerdo fijan costas por su orden, solicite la fijacion de costas al alimentante y no me hicieron lugar atento que ya se encontraba homologado. Mi pregunta seria la siguiente se puede apelar este tema de costas ? En la Caara civil de matanza me dijieron que si , pero de no prosperar la apelacion se incrementarian los gastos a mi clienta?
Desde ya muchas gracias!!
 #570489  por sergiosky
 
en primer lugar poder se puede apelar, por supuesto que se puede.
el tema es ver si te conviene, normalmente los juzgados de familia por principio condenan en costas al alimentante por una cuestion de que el alimentado no puede ver agravada aun mas su situacion, pero todo dependerá del acuerdo homologado y el criterio de camara.
te puede salir bien o mal, lo podes consultar con tu cliente y explicarle el riesgo que conlleva si es que se pierde la apelacion.
costa por su orden no significa que el alimentado tenga que pagar las costas, sino que cada uno (alimentante y alimentado) se harán cargo de los gastos que deban llevarse a cabos para lograr el acuerdo, ej. los honorarios de los abogados, cada letrado se los cobrará a su cliente, si tu cliente tuvo que realizar algun pago de tasas etc, significa que no los podra reclamar, o sea de aqui en mas ya no se agravará la situacion de tu cliente, excepto por el pago de tus honorarios que igual te los iba a tener que dar gane o pierda la demanda, salvo que hayas pactado que se lo ibas a cobrar al alimentante, ahi sonaste.
 #572596  por diegogvillamayor
 
en provincia son tribunales de familia, a donde pensas apelar? o en tu dpto judicial ya los hicieron juzgados.