Es el perito quien debe notificar a la otra parte el adelanto de gastos solicitado, si asi lo indica el juez. Correcto?
boga010 escribió:Es el perito quien debe notificar a la otra parte el adelanto de gastos solicitado, si asi lo indica el juez. Correcto?En tanto el perito no es abogado no puede firmar cédulas sino solamente hacer un proyecto de cédula y dejarlo para la firma del secretario. Esto a veces retrasa mucho las cosas, y más cuando esos proyectos se pierden...