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  • cd no recibida por trabajador. efecto de la notificacion

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #571492  por pana
 
Hola a todos!!
Tengo un cliente que se considero despedido (desp indirecto) y cuando enviamos los tl " supuestamente " nunca nos contestaron. Tuvimos las audiencias del Seclo en las cuales la empresa se presento pero no hubo arreglo. Inicie demanda y cuando contesta la empresa en la documental que agregan, hay 3 cd donde la primera salio el mismo día que la nuestra, intimando a la trabajadora q se presente a trabajar, de lo contrario incurría en abandono de trabajo, las otras 2 cd fueron en respuesta a las nuestras.
El tema que mi cliente nunca supuestamente recibió nada. Fui a ver el exp. y fueron enviadas por oca y dejaron siempre aviso de visita. Ella dice que nunca recibió nada…..
El tema es que no se como manejar esto ya que para mi nunca habían respondido y ahora tengo tres días para responder y no se que hacer. Estuve leyendo acerca de la teoría recepticia de las comunicaciones, pero no tengo nada a mi favor. Pregunto, se supone que estaba notificada, como juega esto, por favor alguien me puede ayudar, vence el martes
Mil gracias
 #571538  por GU
 
Bienvenido a la practica laboral, donde los clientes siempre se mandan alguna.

El efecto de la notificacion, es el que no queres que te digamos: Esta notificado tu cliente. Verifica que los domicilios a los que se consignaron las CD sean los correctos. Obivamente desconoce la autenticidad de esa documental, y reza por que la otra parte no diligencie oficios para acreditar su autenticidad, envio y recepcion.

Fijate si (mas alla del silencio que existio para vos) el contenido de las comunicaciones enviadas por la contraparte reconocian la intimacion cursada en tu primer TCL o la rechazaban.

Salutes!
 #571557  por Ellen
 
Hola creo que en el caso de la carta documento, al ser un instrumento publico para que proceda el desconocmiento del mismo como tal deberia ir una redargucion de falsedad, yo desconocería el unicamente el contenido...
Ademas por otro lado - a titulo de comentario- es habitual que muchas veces los avisos de visita no sean dejados por el cartero ( me paso en mas de una oportunidad) y apareciendo posteriormente del seguimiento de envio que si fueron dejados, yo por mi parte, siempre mando a los clientes despues de tres o cuatro dias de enviado el TCL a pasar por el correo - por lo menos dos veces, obvio en caso que puedan- para ver si hay alguna carta para ellos, ya que despues pasan estas cosas y nadie se hace cargo, complicandonos los procesos a nosotros ... Suerte!
 #571570  por gabriela78
 
lo primero para decir es que el cliente nunca te dice la verdad, o para ser menos agresiva, nunca te cuenta toda la verdad, el tema es que si hay aviso de visita y tu cliente nunca pasó por el correo y dicha misiva volvió al remitente se considera que quedó notificada del contenido de las mismas, de no ser asi el intercambio telegrafico no existiria ya q solo bastaria con no recibir al cartero para que nunca quede notificada de nada, por ello siempre hay que indagar bien al cliente, saludos.-
 #571590  por pana
 
Gracias Ineche,por tu respuesta!! yo chequee y los envios por OCA son igual de fehacientes que los de correo arg.

Gu, gracias por la bienvenida y por tu respuesta!! la verdad tenes razon no queria escuchar lo que ya intuia!!Imaginate encima es mi primer demanda laboral!!. Los domicilios a donde intimo la empleadora son los correctos, y rechazaron todos mis TL

Gracias Ellen y Gabriela78, por ambas respuestas!!

Ahora bien, la primer cd de elos salio el mismo dia que la mia, como va a jugar esto, ya que ellos la intimaron a retomar tareas y yo los intimaba a que me reconocieran antiguedad real, categoria y correcta remuneracion??
 #571635  por GU
 
Vamos desde cero.

Vos intimaste por 24013 y ellos no te recibieron el TCL? Paralelamente ellos intimaron por abandono de tareas?

En ese caso, es importante si ademas de la intimacion 24013, hiciste retencion de tareas. Habra que ver tambien el orden en que se recibieron las comunicaciones.

Si el domicilio al que cursaste las comunicaciones es el mismo desde el cual te comunicaron el abandono, es un buen principio.

Ojo, todavia no tenes nada perdido. Es un terrible error de la empresa el no recibir las comunicaciones.

Salutes!
 #571687  por sergiosky
 
"teoria de la recepcion", en materia laboral es que la primera misiva que llega a su destinatario es la que surte efecto. a mi me paso en una causa donde mi cliente mandó la renuncia a la empresa y al otro dia le llega la CD comunicandole la empresa que se encontraba despedido, obviamente se la mandaron antes de recibir la renuncia de mi cliente, que loco no? pero se da!! jaja. lo que yo hago es, primero asombrarme por la casualidad, en segundo lugar averiguar que misiva llego primero a su destinatario, y si llego el mismo dias pues a que hora llegaron ambas, era fundamental que el despido llegara primero sino mi cliente habria renunciado y no tendria derecho a las indemnizaciones, pude acreditar con los oficios librados al correo que si bien ambas misivas llegaron al mismo dia la de la empresa llegó a las 7 de la tarde y la de mi cliente a las 8:15, asi que el juez consideró que el despido surtió efecto y gané la demanda.