Buenas a todos. Mi duda consiste en saber como debo proceder si transcurren los 10 dias q tiene una empresa en contestar oficio x retencion de haberes (cuya finalidad es descontar la cuota alimentaria directamente del sueldo)...Tengo q presentar oficio reiteratorio? Mi duda surge ya q al no tratarse de prueba informativa no es posible que se caiga lo q pido. Saludos a todos!!!
Hola aior, generalmente los códigos de procedimientos imponen la obligación de contestar dentro de los 10 días los pedidos de informes, pero tu oficio no lo es, no es un pedido de informe sin que es una manda judicial por la cual se ordena el embargo o retención de haberes y deposito a la cuenta de autos.
Generalmente el empleador espera a la fecha de pago del próximo sueldo, hace la retención y recién después comunica adjuntando la boleta de depósito y en algunos casos eso recién ocurre luego de transcurridos varios meses.
Podés corroborarlo al mes siguiente de la entrega del oficio pidiendo saldo bancario.