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 #575002  por alelifich
 
hola colegas, necesito saber algo ya que es la primera vez que lo hago, tengo que inciar un daños y perj por lesiones en un accidente de transito. Se que tengo que iniciar contra la aseguradora, la persona que manejaba y el propietario del auto. La pregunta es esta: si alguno no se notifica, siempre puedo ir contra el notificado y seguir la demanda contra el que se notifique no? Y si se notifica más de uno, el monto reclamado se reparte entre ambos demandados no? Otra cosa, para la pericial mecanica no creo que pueda aportar demasiado porque esto sucedio el año pasado. Ni siquiera se si hay denuncia policial del hecho. La pregunta es si con informes medicos, testigos, numero de patente del coche y nombre de quien conducia puedo hacer algo, o qué mas necesito y en todo caso como puedo hacer con el tema de la pericial mecanica.
Gracias
 #575030  por sole10
 
alelifich escribió:Y si la persona ya esta recuperada y no tiene incapacidad? ponganle, solo se fracturó? ayuda por favaa!!
Si "solo" se fracturó,seguro tiene incapacidad.El perito médico va a evaluar todo (desde la ocurrencia del accidente hasta su rehabilitación),al hacer su dictámen.

la demanda de daños y perjuicios,siempre se inicia contra todos los que se consideran,civilmente responsables del hecho dañoso.
Obviamente,podés demandar al propietario del vehículo,a quien conducía al día del hecho y citar en garantía,a la aseguradora.
Lo recomendable en estos casos es,antes de iniciar nada,llamar a la compañía de seguros,verificar el número de póliza y pedir número de siniestro (es un nro.interno que usan,para individualizar el hecho denunciado).
La causa penal siempre es importante,pero si no existe,asegurate de tener otros medios de pruebas certeros (la Historia Clinica de la victima -que pedis mediante oficio-,testigos,presupuestos y fotos -si hay daño material para reclamar).
Si la compañía es medianamente buena,suelen arreglar ni bien les llega la demanda;ahora,si se trata de Parana Seguros o Liderar,hacete de mucha paciencia.
 #575047  por mcfgdm
 
primero q nada en donde tramitaría la demanda? xq si tramita en capital federal antes q nada tenes q ir a una mediación en donde debes citar a todas las partes. Una vez concluida la mediación inicias la demanda.
Averigua bien si no hay causa penal, x lo general siempre q hay lesiones hay causa penal.
Como te dijeron lo importante es la historia clinica de tu cliente y si el también iba manejando si tiene fotos de su auto, para reclamar además los daños materiales también sirve, ahora si no tenes nada de esto se te va a complicar un poco xq lo mas seguro es q a quien vos demandes ya tendrá arreglado el auto.
la demanda la tenes q notificar a todas las partes y para q el proceso siga tienen q estar todas notificadas, puede ser q alguna de las partes no se presente en el juicio y lo q podes pedir en ese caso es la rebeldía, pero TODAS tienen q estar notificadas. en el caso de q se condene el q paga es la compañia de seguro, siempre q el demandado tenga seguro, sino asegurate antes de iniciar algo q a quien demandes tenga bienes a su nombre y pedi como medida cautelar el embargo de esos bienes para resguardar el derecho de tu cliente a cobrar por los daños y perjuicios (se averigua en el registro de la propiedad inmueble y automotor y se puede solicitar oficio también al bcra).
espero haberte ayudado, cualquier duda estoy a tus ordenes

saludos cecilia
 #575075  por alelifich
 
Es un caso que recien empieza.Es capital, lo de la mediacion previa lo sabia. Igual prefiero no meterme mucho con la querella, porque si de golpe a la tipa la condenan, despues su flia averigua quien sos y te bsuca, bah no sé me da miedo meterme con meter presa a la gente porque el ambiente es muy complicado y penal es algo que jamas haria. Prefiero manejarme sólo con la parte civil. Igual si hubo denuncia policial, sin iniciar querella, peudo llevarla a la causa civil?
 #575191  por MIRIAM01
 
Si hubo una fractura SIEMPRE han incapacidad. Con respecto a la causa penal podes de jar que siga de oficio pero auanque te presentes como particular damnificado jamas va a ir presa la persona que conducia el vehiculo porque son lesiones culposas, imaginate que si no va preso por homicidio culposo mucho menos va a ir pro una fractura.
TRata de averiguar si hay casusa penal porque la podes traer al efectum videndi et provandi (nunca supe si se escribe asi) y te sera de mucha utilidad.
Suerte.
 #575480  por MIRIAM01
 
Creo que no nos estamos entendiendo. Una persona que sufre una fractura nunca esta totalmente recuperada, SIEMPRE queda con un grado de incapacidad.
fijate que si hoy le sacan una placa se va a notar la fractura, que el brazo no se le baile de un lado para el otro no significa que no haya incapacidad.
Esa incapacidad (aunque no se note a simple vista) es la que le van a pagar y muy bien paga.
Suerte
 #575634  por sole10
 
MIRIAM01 escribió:Creo que no nos estamos entendiendo. Una persona que sufre una fractura nunca esta totalmente recuperada, SIEMPRE queda con un grado de incapacidad.
fijate que si hoy le sacan una placa se va a notar la fractura, que el brazo no se le baile de un lado para el otro no significa que no haya incapacidad.
Esa incapacidad (aunque no se note a simple vista) es la que le van a pagar y muy bien paga.
Suerte
Tal cual !!!
 #580060  por alelifich
 
MIRIAM01 escribió:Creo que no nos estamos entendiendo. Una persona que sufre una fractura nunca esta totalmente recuperada, SIEMPRE queda con un grado de incapacidad.
fijate que si hoy le sacan una placa se va a notar la fractura, que el brazo no se le baile de un lado para el otro no significa que no haya incapacidad.
Esa incapacidad (aunque no se note a simple vista) es la que le van a pagar y muy bien paga.
Suerte
Gracias por tu respuesta, yo de medicina no entiendo nada y ella me dijo eso.