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  • Adelanto de herencia

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 #576871  por mirandag2005
 
Hola como estan?? les cuento la situación. Un señor casado con hijos vende un depto ganancial y decide darle la plata a su mujer e hijos casi a modo de repartición de una futura herencia. A la mujer su 50% y a los hijos cada uno en partes iguales. No lo hizo a traves de ningún documento, solo les hizo firmar a todos una especie de recibo constatando que la mujer recibia el 50% y los hijos tanto en partes iguales para todos. El tema es el siguiente la señora a la muerte de él esta cubierta de que no le reclamen esa plata con ese recibo conjunto? Mi segunda pregunta es si el día de mañana ella quiere hacer algo con eso dinero tampoco tiene como acreditar de donde vino (no hay cesión, donación, venta que acredite porque es de ella ese dinero) eso puede ser un problema? Gracias y saludos.
 #578004  por vemat
 
A ver... de memoria y de la clase de familia y sucesiones de hace unos años...

1- La herencia futura, o anticipo de herencia, hasta donde me acuerdo, esta prohibida.

Pero, aquí el padre realizo un libre disposición de su bien (si es ganancial el escribano habrá solicitado el asentimiento conyugal).-

Sin perjuicio de lo q dijimos, la distribución de bienes está perfectamente realizada.

El tema de los posteriores reclamos es que si los propios hijos le reclaman a la madre... como prueban la situación?? ante un hipotético litigio:
1- Tenes q demostrar y PROBARLE al juez la situación descripta
2- Que derechos se vulneraron??? se afecto la legitima??' hubo alguna donación inoficiosa???
No se vulneraron derechos, tampoco se afecto la legitima, y menos aun la donación es inoficiosa, dado que realizo la misma distribución q la ley ordena.

En cuanto al dinero, depende de la operación que quieras realizar, cada caso concreto tiene sus particularidades, pero vamos a lo básico.

1- Automotor, no tenes informar nada, a lo sumo una DDJJ y listo.
2 Inmueble, lo mismo, se deja sentado en la escritura alguna fundamento cualquiera de donde proviene el dinero y listo, mientras le pagues los impuestos al fisco nadie te va a venir a molestar.
3- Y en el peor de los casos... DECÍS LA VERDAD, el dinero se obtuvo con lo producido por la venta del inmueble "x".

bue, espero se haya aclarado un poco el panorama.
saludos!