Hola Blanca, te paso el BAREMO, es laaaaaaaarrrrrrrrrrrrgggggggoooooooooo, busca en él si esta la enfermedad de tu cliente.
Perdón no lo puedo comprimir.
Saludos.
Klaudia.
BAREMO INCAPACIDADES LABORALES.
RIESGOS DEL TRABAJO
Decreto 659/96
Apruébase la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales.
Bs. As., 24/6/96
VISTO la Ley Nº 24.557, las Resoluciones M.T. y S.S. Nº 341 de fecha 11 de octubre de 1995 y 423 de fecha 13 noviembre de 1995, el Acta del COMITE CONSULTIVO PERMANENTE Nº 6 de fecha 20 de febrero de 1996, el Laudo del Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social de la Nación Nº 179 de fecha 1º de marzo de 1996 y
CONSIDERANDO:
Que el COMITE CONSULTIVO PERMANENTE creado por el artículo 40 de la LEY SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO y constituido por Resoluciones M.T. y S.S. Nº 341/95 y 423/95 fue convocado el día 20 de febrero de 1996, con el fin de emitir dictamen sobre la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales prevista por el artículo 8º, apartado 3 de la mencionada ley.
Que la representación gubernamental en el COMITE CONSULTIVO PERMANENTE presentó una Tabla de Incapacidades Laborales con aplicación de factores de ponderación, entre los que se consideran el tipo de actividad las posibilidades de reubicación laboral y la edad del trabajador.
Que la referida tabla o baremo es el resultado de un profundo estudio técnico en el que han participado, en etapas previas, representantes de las organizaciones de empleadores y trabajadores.
Que se ha tenido en consideración para su confección la Tabla de Evaluación de Incapacidades de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) 1994, la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborativas Permanentes de la ORGANIZACION PANAMERICANA DE SALUD 1995 y las Normas para la Evaluación y Cuantificación del Grado de Invalidez de los trabajadores afiliados al SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES, Baremo 1994.
Que también cabe destacar que esta Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales ha sido discutida y acordada dentro del ámbito del COMITE CONSULTIVO PERMANENTE de la LEY SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO, habiendo recibido el valioso aporte de los técnicos de las partes representadas en dicho Comité.
Que las representaciones gubernamental y sindical han dado amplio acuerdo a la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales presentada ante el COMITE CONSULTIVO PERMANENTE de la LEY SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO, votando en consecuencia por su aprobación.
Que los tres integrantes de la representación empresaria votaron favorablemente, formulando reserva respecto de los factores de ponderación, en tanto que el representante de la UNION INDUSTRIAL ARGENTINA se abstuvo, objetando la incidencia porcentual que podrían provocar dichos factores.
Que, no obstante poder interpretarse la abstención como un asentimiento pasivo, ante las reservas planteadas por el sector empresario se recurrió al mecanismo previsto por el artículo 40, inciso 3, párrafo 3º de la LEY SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO.
Que, en consecuencia, el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social en su carácter de presidente del COMITE CONSULTIVO PERMANENTE creado por la Ley Nº 24.557, laudó favorablemente para la aprobación de la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales.
Que los laudos o dictámenes emanados del COMITE CONSULTIVO PERMANENTE tienen por finalidad preparar la voluntad administrativa y, en particular, en el caso de los incisos b), c), d) y f) del citado artículo 40, conformarla de acuerdo con sus conclusiones, ello en virtud del carácter vinculante que la misma norma les impone.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL considera oportuno aprobar los dictámenes del COMITE CONSULTIVO PERMANENTE con relación a la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales prevista por la Ley Nº 24.557.
Que habiéndose cumplido con lo dispuesto por el artículo 49 disposición final 1º de la LEY SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO, resulta procedente, a fin de conferir la necesaria seguridad jurídica todos los interesados, que el PODER EJECUTIVO NACIONAL establezca con certeza la fecha de entrada en vigencia de la Ley.
Que el presente decreto se dicta en base a las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y el artículo 8º, inciso 3 de la Ley Nº 24.557.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º - Apruébase la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales que como ANEXO I forma parte integrante del presente.
Art. 2º - Establécese como fecha de entrada en vigencia de la Ley sobre Riesgos del Trabajo, el día 1 de julio de 1996.
Art. 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - MENEM. - Jorge A. Rodríguez. - José A. Caro Figueroa. - Alberto J. Mazza. INDICE
Piel
Osteoarticular
Cabeza y Rostro
Ojos
Garganta, Nariz y Oído
Sistema Respiratorio
Sistema Cardiovascular
Digestivo y Pared Abdominal
Sistema Nefrourológico
Sistema Hematopoyético
Neurología
Siquiatría
Factores de Ponderación
Criterios de utilización
ANEXO I
TABLA DE EVALUACION DE INCAPACIDADES LABORALES
LEY 24.557
PIEL
Generalidades
LAS LESIONES DE PIEL QUE SERAN EVALUADAS, SON LAS QUE DERIVEN DE LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES QUE FIGUREN EN EL LISTADO, DIAGNOSTICADAS COMO PERMANENTES O SECUELAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO.
La evaluación de las mismas toma en cuenta: las zonas afectadas, la profundidad y extensión de la lesión, la repercusión funcional y el grado de dificultad laboral que ocasionan; en función de estos factores, se fijará el grado de incapacidad dentro del rango establecido.
Elementos útiles para la evaluación: Anamnesis, examen físico y estudios complementarios específicos (test cutáneo, biopsias, inmunología, etc.).
Diagnóstico % Incapacidad
1. - DERMATITIS CRONICA
(por contacto o por hipersensibilidad. Con o sin componente de fotosensibilidad)
- Crónica recidivante con remisión mayor del 50 % ante medidas terapéuticas y suspensión de la exposición al agente, y recidiva habitual ante la reexposición al agente.
A. Cualquier área corporal excepto cara y manos: 0-10 %
B. Cara: 5-20 %
C. Una mano: 10-30 %
D. Dos manos: 15-40 %
- Crónica recidivante con remisión menor del 50 % ante medidas terapeúticas y suspensión de la exposición al agente, y recidiva habitual ante la reexposición al agente.
A. Cualquier área corporal excepto cara y manos: 0-40 %
B. Cara: 10-30 %
C. Una mano: 10-40 %
D. Dos manos: 20-60 %
2. - DERMATITIS ACTINICA CRONICA Y RETICULOIDE ACTINICO
- Cualquier área corporal excepto cara y manos: 0-30 %
- Sólo manos: 10-30 %
- Sólo cara: 10-40 %
- Manos y cara: 20-60 %
3. - RADIODERMATITIS
(valorar el compromiso funcional)
A - Sin lesiones ulceradas.
B - Con lesiones ulceradas.
Cualquier área corporal excepto cara y manos: A: 0-20 %
B: 10-40 %
- Sólo manos: A: 0-15 %
B. 20-50 %
- Sólo cara: A: 0-30 %
B: 20-60 %
- Manos y cara: A-10-40 %
B: 20-60 %
4. - QUERATODERMIAS PALMOPLANTARES
(crónicas con remisión menor de 50 % ante medidas terapéuticas y suspensión de la exposición laboral)
- Sólo plantas (evaluar en función del compromiso para la estación de pie y la marcha): 0-40 %
- Una mano (según compromiso funcional): 0-30 %
- Dos manos (según compromiso funcional): 10-50 %
5. - ACNE
Cloracné:
- Compromiso menor de 50 % de superficie corporal: 0-10 %
- Compromiso mayor de 50 % de superficie corporal: 10-20 %
- Compromiso menor de 50 % de superficie de cara: 0-25 %
- Compromiso mayor de 50 % de superficie de cara: 10-40 %
Oleoso:
- Compromiso menor de 50 % de superficie corporal: 0-5 %
- Compromiso mayor de 50 % de superficie corporal: 5-10 %
- Compromiso menor de 25 % de superficie de cara: 0-15 %
- Compromiso mayor de 25 % de superficie de cara: 10-20 %
6. - HIPOPIGMENTACION CRONICA
- Compromiso menor de 50 % de superficie corporal 0-15 %
- Compromiso mayor de 50 % de superficie corporal 5-25 %
- Compromiso de cara menor del 25 % 0-15 %
- Compromiso de cara mayor del 25 % 10-25 %
7. - PORFIRIA CUTANEA TARDA:
Si la exposición al sol le causara trastornos funcionales: 10-40 %
8. - SINDROMES ESCLERODERMICOS: 0-20 %
9. - INFECCIONES CUTANEAS CRONICAS Y/O SECUELAS: 5-15 %
10. - ANAFILAXIA 0-20 %
11. - DERMATITIS PRE-CANCEROSAS MULTIPES (> 10) 10-30 %
12. - CARCINOMAS BASOCELULAR Y ESPINO CELULAR
- Sin secuelas deformantes: 0-15 %
- Con secuelas deformantes:
- En cualquier área corporal excepto caras y manos: 10-20 %
- En manos: 15-30 %
- En cara: 20-40 %
- Con pérdida parcial mayor de 20 % de superficie de párpados, nariz o boca: 30-40 %
- Con pérdida de la visión de uno o dos ojos por invasión directa (evaluar según capítulo Ojos).
- Metástasis: 90 %
13. - CICATRICES
Para la evaluación se remite a los Capítulos correspondientes a la zona afectada.
14. - QUEMADURAS
Las quemaduras pueden ser causadas por elementos físicos, químicos o radiantes.
Métodos de evaluación:
Las lesiones superficiales que curen sin dejar cicatriz ni secuelas, no serán motivo de evaluación.
Para determina el grado de incapacidad ocasionada por una quemadura, hay que tener en cuenta su extensión, profundidad, el compromiso de la movilidad articular y las secuelas estéticas.
La evaluación de la pérdida de la movilidad, deberá realizarse de acuerdo con lo expresado en el capítulo correspondiente a las lesiones osteoarticulares.
Para cuantificar la extensión de la lesión se aplicará la "Regla del Nueve", donde se le asigna el 36 % de la superficie corporal al tórax y dorso, el 36 % a los dos miembros inferiores, el 18 % a ambos miembros superiores, el 9 % a la cabeza y el 1 % a los genitales (masculino o femenino).
La profundidad de las quemaduras se evalúa de la siguiente manera:
Tipo A (superficial o epidérmico);
Tipo AB (epidermis y dermis);
Tipo B (dermis hasta aponeurosis o hueso)
Al tipo "A" o primer grado, se le asignará el 50 % del porcentaje de la extensión de la superficie corporal lesionada. En el caso del tipo "AB" o de segundo grado, se le fijará un porcentaje igual al área afectada; por último, al tipo "B" o de tercer grado, se le asignará el doble de la extensión del sector aquejado.
Así, por ejemplo, una quemadura de la parte anterior del brazo izquierdo, que involucra la cara anterior del codo y no llega a la mano del tipo AB, le corresponderá una incapacidad de acuerdo con el siguiente detalle:
Limitación funcional del codo por retracción desde los 150a llega a los 70a (flexoextensión)
extensión de la quemaduraprofundidad o tipo AB
La sumatoria nos da: 27 % de incapacidad. 20 %
3,5 %
3,5 %
Otro ejemplo: la quemadura de los genitales externos en un hombre con una retracción en la abducción entre ambos miembros inferiores y del tipo AB.
En este caso correspondería:
Limitación en la abducción en ambos miembros inferiores (símil anquilosis en abducción)
Extensión de quemadura
Tipo de quemadura "AB"La sumatoria nos da: 32 % de incapacidad. 30 %
1 %
1 %
Otro ejemplo: la quemadura de la cara anterior del miembro inf. con limitación de la flexoextensión de rodilla, del tipo B.
En este caso correspondería:
Limitación en la extensión de rodilla (flexoextensión desde 150a a 20a)
Extensión de la quemadura:
Tipo de quemadura "B":
La sumatoria nos da: 47 % de incapacidad. 20 %
9 %
18 %
El compromiso de estructuras localizadas en la zona afectada (por ejemplo: ojos), será evaluado acorde a lo referido en los capítulos correspondientes.
15. - LESIONES PRODUCIDAS POR ACCION DE ANIMALES PONZOÑOSOS
Se valorará el compromiso local, según el ítem correspondiente a Quemaduras; para la limitación funcional de las estructuras osteoarticulares se remite al Capítulo correspondiente.
La manifestación general de la acción tóxica del veneno de serpientes y de la ponzoña de escorpiones, se valorará acorde a la secuela consolidada, para lo cual se remite al Cap. correspondiente.
OSTEOARTICULAR
Generalidades
PARA LA EVALUACION DE LAS AFECCIONES OSTEOARTICULARES SE TENDRAN EN CUENTA LAS SECUELAS ANATOMO-FUNCIONALES DERIVADAS DE UN ACCIDENTE DE TRABAJO O DE UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL.
Para su diagnóstico se empleará fundamentalmente la clínica y en caso de sospecha de simulación se requerirá de exámenes de apoyo tales como radiografías simples, estudios electrofisiológicos, Tomografía Axial Computada (TAC - scanner), Resonancia Nuclear Magnética, potenciales evocados somatosensitivos, entre otros.
Las fracturas que consoliden bien sin dejar secuela alguna (muscular, neurológica, etc.), no serán motivo de resarcimiento económico y serán consideradas incapacidad temporal.
El dolor puro, no acompañado de signos objetivos de organicidad, no será objetivo de incapacidad permanente. En estos casos estará indicado la utilización de exámenes de apoyo.
En los pacientes afectados de invalideces múltiples producto de lesiones anatómicas y/o fucionales en un mismo segmento corporal se procederá a la suma de todas ellas para el cálculo de la invalidez total. El resultado final tendrá como máximo el porcentaje de incapacidad dado por la pérdida completa (amputación del segmento estudiado).
Si el trabajador presentara con anterioridad, limitación de los movimientos de una o varias articulaciones, se tomará como normal la capacidad restante de esa/s articulación/es y se harán los cálculos de la nueva rigidez proporcionalmente a dicha capacidad restante.
Los segmentos a considerar son:
1. - COLUMNA _________________________________VERTEBRAL
_____________________________________________CERVICAL
_____________________________________________DORSOLUMBAR
_____________________________________________SACROCOXIS
2. - CAJA TORACICA
3. - MIEMBRO SUPERIOR
4. - MIEMBRO INFERIOR
COLUMNA VERTEBRAL
1) La limitación de la movilidad y/o anquilosis de la columna vertebral que se va a evaluar a los fines de esta ley, son lo que resulte de la consolidación viciosa o secuelas de accidentes laborales.
2) En los casos de limitación de la movilidad, cuando son varios los movimientos afectados, se suma aritméticamente el grado de incapacidad de cada uno de ellos.
3) En los casos en que la columna se encuentra anquilosada, el mayor valor por anquilosis, corresponde a la incapacidad global de la columna.
4) Las alteraciones anatómicas y limitaciones en los sectores cervical y/o dorsolumbar se combinan entre sí cuando coexisten.
5) Por alteraciones "clínicas" se entiende fuerza, tono, trofismo y reflejos. La limitación de la movilidad se valora aparte sumándose aritméticamente.
6) De no estar contemplado el eventual compromiso neurológico en la incapacidad evaluada por secuela osteoarticular, el mismo, determinado en el Cap. correspondiente, se combinará con esta.
Consolidación viciosa Secuelas de Fracturas
Fractura de cuerpo vertebral, con acuñamiento, sin lesión radicular 0-15 %
Acuñamiento menor de 30º 15-30 %
Acuñamiento mayor de 30º
Fractura de cuerpo vertebral operada, con lesión radicular leve o moderada, corroborada electromiográficamente 10-15 %
Fractura de cuerpo vertebral operada, con lesión radicular severa, corroborada electromiográficamente 20-35 %
Fractura de cuerpo vertebral, operada, sin secuelas 5 %
Fractura de apófisis espinosa sin secuelas 0 %
Fractura de apófisis transvera sin secuelas 0 %
Fractura de cuerpo vertebral, sin secuelas 0 %
Fractura de cuerpo vertebral, con acuñamiento y lesión radicular leve a moderada, corroborada electromiográficamente 10-25 %
Fractura de cuerpo vertebral, con acuñamiento y lesión radicular severa, corroborada electriomiográficamente 15-40 %
Cérvicobraquialgia post-traumática, sin alteraciones clínicas, radiográficas ni electromiográficas 0 %
Cérvicobraquialgia post-traumática, con alteraciones clínicas, radiológicas y electromiográficas leves a moderadas 5-25 %
Hernia de disco operada, sin secuelas 5 %
Hernia de disco inoperable (según criterios médicos) 20-30 %
Hernia de disco operada, con secuelas clínicas y electriomiográficas leves 10-15 %
Hernia de disco operada, con secuelas clínicas y electromiográficas moderadas 15-20 %
Hernia de disco operada, con secuelas clínicas y electromiográficas severas 20-40 %
Espondilolistesis traumática sin repercusión electromiográfica
Grado I: 0-2 %
Grado II: 2-4 %
Grado III: 4-6 %
Grado IV: 6-10 %
Espondilolistesis traumática, con repercusión electromiográfica leve a moderada 10-15 %
Espondilolistesis traumática, con repercusión electromiográfica severa 20-40 %
Espondilolistesis traumática, operada, sin secuela electromiográfica 0 %
Espondilolistesis traumática, operada, con secuela electromiográfica leve a moderada 10-15 %
Espondilolistesis traumática, operada, con secuela electromiográfica severa 20-40 %
Lumbalgia post-traumática sin alteraciones clínicas, radiográficas ni electromiográficas 0 %
Lumbalgia post-traumática, con moderadas alteraciones clínicas y radiográficas, sin alteraciones electromiográficas 0-5 %
Lumbalgia post-traumática con severas alteraciones clínicas y radiográficas, sin alteraciones electromiográficas 5-10 %
Lumbociatalgia, sin alteraciones clínicas, radiográficas ni electromiográficas 0 %
Lumbociatalgia, con alteraciones clínicas y radiográficas y/o electromiográficas, leves a moderadas 5-10 %
Limitación funcional
Sólo se evaluará a la que derive de accidentes laborales.
El 0º se toma con la cabeza y el tronco mirando hacia adelante.
Columna Cervical
Excursión desde 0º hasta:
Extensión Rotación Inclinación Flexión
0º 4 % 2 % 4 % 4 %
10º 2 % 2 % 3 % 3 %
20º 1 % 1 % 1 % 1 %
30º 0 % 1 % 0 % 0 %
40ºa 70º 0 %
Columna Dorsolumbar
Excursión desde 0º hasta:
Rotación D.I. Inclinación D.I Flexión Extensión
0º 5 % 4 % 9 % 3 %
10º 4 % 2 % 8 % 2 %
20º 2 % 0 % 7 % 1 %
30º 0 % 6 % 0 %
40º 5 %
50º 4 %
60º 3 %
70º 2 %
80º 1 %
90º 0 %
Los porcentajes de limitación se suman aritméticamente cuando son varios los movimientos afectados.
Anquilosis
Anquilosis en:
Columna Cervical
Rotación Inclinación Flexión Extensión
0º 20 % 20 % 20 % 20 %
10º 27 % 25 % 27 % 27 %
20º 33 % 30 % 33 % 33 %
30º 40 % 35 % 40 % 40 %
40º 40 %
Columna Dorsolumbar
Rotación Inclinación Flexión Extensión
0º 30 % 30 % 30 % 30 %
10º 40 % 45 % 33 % 40 %
20º 50 % 60 % 37 % 50 %
30º 60 % 40 % 60 %
40º 43 %
50º 47 %
60º 50 %
70º 53 %
80º 57 %
90º 60 %
El porcentaje total por anquilosis es el que corresponde a la mayor cifra por tal afección, los resultados parciales no se suman.
CAJA TORACICA
Consolidación Viciosa - Secuelas de fracturas
Luxación esterno-clavicular sin incapacidad
Luxación esterno-costal sin incapacidad
Desarticulación esterno-condral bilateral, con respiración paradojal e insuficiencia resp. sin solución terapéutica hasta 70 %
Fractura de esternón no complicada sin incapacidad
Fractura de esternón complicada según secuelas
Fractura de una costilla sin incapacidad
Fracturas costales múltiples, con complicación respiratoria según secuelas
Fracturas costales múltiples, sin complicación sin incapacidad
MIEMBRO SUPERIOR
En los casos de lesión anatómica y/o funcional del miembro más hábil se adicionará un 5 % del porcentaje de incapacidad calculado. En el caso en que existan rangos de porcentaje, el criterio a seguir para la determinación del porcentaje en el caso particular será en función del recupero de la funcionalidad del miembro y de la prótesis colocada.
Amputaciones
Amputación interescapulotorácica 70 %
Desarticulación escápulohumeral 66 %
Amputación a nivel de brazo 66 %
Desarticulación de codo 40-60 %
Amputación a nivel de 1/3 superior de antebrazo 40-60 %
Amputación a nivel de 1/3 medio de antebrazo 40-60 %
Amputación a nivel de 1/3 interior de antebrazo 40-60 %
Amputación de ambas manos 100 %
Amputación de mano 40-60 %
Amputación de mano transmetacarpiana 40-60 %
Amputación de los cinco dedos 40-60 %
Amputación de los diez dedos 100 %
Amputación de los cuatro dedos menos el pulgar 40 %
Amputación a nivel metacarpofalángica de pulgar 30 %
Amputación a nivel de la 1º falange del pulgar 25 %
Amputación a nivel de la interfalángica del pulgar 15 %
Amputación distal de la última porción falángica del pulgar 8 %
Amputación a nivel de la metacarpofalángica del índice 14 %
Amputación a nivel de la interfalángica proximal del índice 11 %
Amputación a nivel de la interfalángica distal del índice 9 %
Amputación distal de la última porción falángica del índice 6 %
Amputación a nivel de la metacarpofalángica del mayor 11 %
Amputación a nivel de la interfalángica proximal del mayor 8 %
Amputación a nivel de la interfalángico distal del mayor 6 %
Amputación distal de la última falange del mayor 2 %
Amputación a nivel de la metacarpofalángica del anular 8 %
Amputación a nivel de la interfalángico proximal del anular 6 %
Amputación a nivel de la interfalángica distal del anular 5 %
Amputación distal de la última falange del anular 3 %
Amputación a nivel de la metacarpofalángica del meñique 5 %
Amputación a nivel de la interfalángica proximal del meñique 4 %
Amputación a nivel de la interfalángica distal del meñique 3 %
Amputación distal de la última falange del meñique 1 %
Secuelas de fracturas
A estos porcentajes se le sumarán aritméticamente los que correspondan por repercusión funcional por lesión de los nervios periféricos, no pudiendo dicha suma ser mayor a la amputación de dicho segmento.
Las fracturas que consoliden sin complicaciones, no serán motivo de incapacidad laboral.
Fractura de húmero con callo deforme, angulación y/o acortamiento 10 %
Fractura de escafoides con necrosis 10-20 %
Fractura de escafoides con necrosis y artrosis 15-25 %
Fractura de escafoides con pseudoartrosis 15 %
Resección de escafoides 10-15 %
Fractura de semilunar consolidada, con necrosis 6-9 %
Fractura de semilunar con necrosis y artrosis 6-9 %
Resección de semilunar 6-9 %
Hombro
Limitación funcional
Abdo - Elevación
Desde 0º hasta:
0º 10-20 %
10º 10-20 %
20º 8-15 %
30º 8-15 %
40º 7 %
50º 7 %
60º 6 %
70º 5 %
80º 5 %
90º 4 %
100º 4 %
110º 2 %
120º 2 %
130º 1 %
140º 1 %
150º 0 %
Aducción
Desde 0º hasta:
0º 6 %
10º 5 %
20º 1 %
30º 0 %
Elevación anterior
Desde 0º hasta:
0º 10 %
10º 9 %
20º 8 %
30º 8 %
40º 7 %
50º 7 %
60º 5 %
70º 5 %
80º 4 %
90º 4 %
100º 3 %
110º 2 %
120º 2 %
130º 1 %
140º 1 %
150º 0 %
Elevación posterior
Desde 0º hasta:
0º 2 %
10º 2 %
20º 1 %
30º 1 %
40º 0 %
Rotación interna
Desde 0º hasta:
0º 4 %
10º 3 %
20º 2 %
30º 1 %
40 a 80º 0 %
Rotación externa
Desde 0º hasta:
0º 8 %
10º 7 %
20º 7 %
30º 5 %
40º 5%
50º 4 %
60º 3 %
70º 2 %
80º 1 %
90º 0 %
Anquilosis
Anquilosis en:
Abdoeleva Aduc Eleva ante Eleva post Rot. I Rot. E
0º 36 % 36 % 36 % 36 % 36 % 36 %
10º 34 % 44 % 32 % 42 % 42 % 30 %
20º 31 % 52 % 28 % 48 % 48 % 24 %
30º 28 % 60 % 24 % 54 % 54 % 29 %
40º 25 % 27 % 60 % 60 % 34 %
50º 26 % 30 % 40 %
60º 29 % 33 % 44 %
70º 32 % 36 % 50 %
80º 36 % 39 % 55 %
90º 40 % 42 % 60 %
100º 42 % 45 %
110º 46 % 48 %
120º 50 % 51 %
130º 53 % 54 %
140º 56 % 57 %
150º 60 % 60 %
Codo
Limitación funcional
Flexo extensión
Retenida en: % Desde los 150º hasta: %
0º 60 % 0º 0º
10º 57 % 10º 1º
20º 55 % 20º 2º
30º 50 % 30º 4º
40º 50 % 40º 5º
50º 45 % 50º 10º
60º 40 % 60º 15º
70º 35 % 70º 20º
80º 30 % 80º 25º
90º 25 % 90º 30º
100º 8 % 100º 35º
110º 6 % 110º 40º
120º 5 % 120º 45º
130º 3 % 130º 50º
140º 2 % 140º 55º
150º 0 % 150º 60º
Pronación o Supinación
Desde 0º hasta:
(para cada lado)
10º 7 %
20º 6 %
30º 5 %
40º 4 %
50º 3 %
60º 2 %
70º 1 %
80º 0 %
Anquilosis
Anquilosis en:
0º 60 %
10º 58 %
20º 55 %
30º 50 %
40º 45 %
50º 43 %
60º 40 %
70º 35 %
80º 32 %
90º 30 %
100º 35 %
110º 40 %
120º 45 %
130º 50 %
140º 55 %
150º 60 %
Muñeca
Limitación funcional
Flexión dorsal
Desde 0º hasta:
0º 8 %
10º 6 %
20º 5 %
30º 4 %
40º 2 %
50º 1 %
60º 0 %
Flexión palmar
Desde 0º hasta:
0º 9 %
10º 7 %
20º 6 %
30º 5 %
40º 3 %
50º 2 %
60º 1 %
70º 0 %
Desviación radial
Desde 0º hasta:
0º 2 %
10º 1 %
20º 0 %
Desviación cubital
Desde 0º hasta:
0º 3 %
10º 2 %
20º 1 %
30º 0 %
Anquilosis
Anquilosis en:
Flexión Extensión Desv. Radial Desv. cubital
0º 18 % 18 % 18 % 18 %
10º 23 % 17 % 36 % 30 %
20º 28 % 16 % 54 % 42 %
30º 34 % 15 % 54%
40º 38 % 23 %
50º 44 % 41 %
60º 49 % 54 %
70º 54 %
Pulgar
Limitación funcional
Articulación Carpo-metacarpiana (incluye Aducción y Abducción):
Flexión Extensión
Desde 0º hasta: Incapacidad Global Desde 0º hasta: Incapacidad Global
0º 3 % 0º 3 %
10º 1 % 10º 2 %
15º 0 % 20º 1 %
30º 0 %
Articulación Metacarpo-falángica Articulación interfalángica
Flexión
Movilidad hasta Incapacidad Global Movilidad hasta Incapacidad Global
0º 14 % 0º 12 %
10º 12 % 10º 10 %
20º 8 % 20º 8 %
30º 6 % 30º 6 %
40º 4 % 40º 5 %
50º 2 % 50º 4 %
60º 0 % 60º 2 %
70º 1 %
80º 0 %
Anquilosis: Carpo- metacarpiana
(Incluye la Aducción y Abducción)
En flexión de: Incapacidad Global En Extensión de: Incapacidad Global
0º 7 % 0º 7 %
10º 12 % 10º 10 %
20º 17 % 20º 14 %
30º 17 %
Anquilosis: Metacarpo-Falángica
Anquilosada en:
Incapacidad global
0º 12 %
10º 10 %
20º 9 %
30º 12 %
40º 13 %
50º 15 %
Anquilosis Inter-Falángica
Anquilosada en:
Incapacidad global
0º 10 %
10º 9 %
20º 8 %
30º 8 %
40º 8 %
50º 10 %
Dedos de la mano menos el Pulgar
Limitación funcional
Articulación Metacarpo-falángica
Flexión
Desde 0º hasta:
Incapacidad global
0º 8 %
10º 7 %
20º 6 %
30º 5 %
40º 4 %
50º 3 %
60º 3 %
70º 2%
80º 1 %
90º 0 %
Articulación Interfalángica proximal
Flexión
Desde 0º hasta:
Incapacidad global
0º 8 %
10º 8 %
20º 7 %
30º 6 %
40º 5 %
50º 4 %
60º 3 %
70º 3 %
80º 2 %
90º 1 %
100º 0 %
Articulación Interfalángica distal:
Flexión
Desde 0º hasta:
Incapacidad global
0º 6 %
10º 5 %
20º 4 %
30º 4 %
40º 3 %
50º 2 %
60º 1 %
70º 0 %
Anquilosis: Indice y Mayor
Incapacidad Global
Anquilosis: M-F I-F-P I-F-D
0° 8 % 8 % 6 %
10° 8 % 8 % 5 %
20° 7 % 8 % 5 %
30° 6 % 8 % 5 %
40° 8 % 7 % 4 %
50° 8 % 8 % 5 %
60° 10 % 8 % 5 %
70° 11 % 8 % 6 %
80° 13 % 10 %
90° 14 % 10 %
100° 11 %
Anquilosis: Anular y Meñique
Anquilosis Metacarpo-falángica 0 % global
Pseudoartrosis
En las incapacidades siguientes está incluida la pérdida por repercusión funcional.
Clavícula 2-4 %
Húmero 15-30 %
Cúbito, diafisaria 9-12 %
Cúbito, olecraneana 12-15%
Cúbito, apófisis estiloides 0-1%
Radio, diafisaria 6-9%
Radio, apófisis estiloides 0-2 %
Radio y Cúbito 30-40 %
Escafoides 15-18 %
Semilunar 15-18 %
Inestabilidad articular
En las incapacidades siguientes está incluida la pérdida por repercusión funcional, valorará mediante la Radiología de estrés o dinámica.
Hombro: por pérdida de partes blandas u óseas 25-35 %
Hombro: luxación recidivante escápulo humeral 12-15 %
Codo: por pérdida de partes blandas u óseas 20-25 %
Muñeca: por pérdida de partes blandas u óseas 15-20 %
Lesiones músculo-tendinosas
En las incapacidades siguientes está incluida la pérdida por repercusión funcional.
Ruptura de deltoides 10-15 %
Ruptura del tríceps 9-12 %
Ruptura proximal del bíceps 5-8 %
Ruptura distal del bíceps 6-9 %
Sección de flexores antebrazo o muñeca 5-10 %
Sección de extensores antebrazo o muñeca 5-10 %
Síndrome de Volkman 20-40 %
Las lesiones músculo-tendinosas de la mano, serán evaluadas de acuerdo a la limitación de la movilidad.
MIEMBRO INFERIOR
Amputaciones
Amputación interabdómino-pelviana 80 %
Amputación bilateral 100 %
Desarticulación coxofemoral 70 %
Amputación de muslo, 1/3 proximal 45-65 %
Amputación de muslo, 1/3 medio y distal 40-60 %
Desarticulación de rodilla 40-60 %
Amputación bajo rodilla con muñón funcional 30-50 %
Amputación por debajo de la rodilla bilateral 80 %
Desarticulación tobillo (Syme) 25-45 %
Amputación de pie con conservación de calcáneo (Ricard) 20-40 %
Amputación mediotarsiana (Chapart) 20-40 %
Amputación tarsometatarsiana (Lisfranc) 20-40 %
Amputación transmetatarsiana 15-25 %
Amputación de los 5 dedos 10-20 %
Amputación del 1er. Dedo 15 %
Amputación. del 1er. dedo y su metatarsiano 17 %
Amputación del 5to. dedo y su metatarsiano 12 %
Amputación de 2do., 3ro. o 4to. dedos con su metatarsiano 12 %
Amputación de la falange distal del hallux 6 %
Amputación de uno de los dedos 2do. 3ro. ó 4to. 2 %
Amputación del 5to. Dedo 2 %
Amputación de dos falanges de los dedos 2do., 3ro. ó 4to. 1,5 %
Amputación de dos falanges del 5to. dedo 1,5 %
Amputación de una falange de los dedos 2do., 3ro. ó 4to. 1 %
Amputación de una falange del 5to. dedo 1 %
Cadera
Limitación funcional
Desde 0° hasta:
Flexión Extensión Abducción Abducción Rot. Ext. Rot. Int.
0° 7 % 2 % 6 % 3 % 5 % 5 %
10° 7 % 2 % 5 % 2 % 4 % 3 %
20° 6 % 1 % 3 % 0 % 3 % 2 %
30° 5 % 0 % 2 % 2 % 1 %
40° 4 % 0 % 1 % 0 %
50° 4 % 0 %
60° 3 %
70° 3 %
80° 2 %
90° 1 %
100° 0 %
Anquilosis
Anquilosis en:
Flexión Extensión Abducción Abducción Rot. Int. Rot. Ext.
0º 28 % 28 % 28 % 28 % 28 % 28 %
10º 25 % 32 % 31 % 34 % 31 % 30 %
20º 22 % 36 % 34 % 40 % 34 % 33 %
25º 20 % 38 % 35 % 35 % 34 %
30º 21 % 40 % 37 % 37 % 35 %
40º 24 % 40 % 40 % 38 %
50º 27 % 40 %
60º 29 %
70º 32 %
80º 35 %
90º 37 %
100º 40 %
Rodilla
Limitación funcional
Flexión
Desde 0º hasta:
0°
10°
20º
30º
40º
50º
60º
70º
80º
90º
100º
110º
120º
130º
140º
150º 30 %
25 %
20 %
17 %
16 %
14 %
13 %
11 %
10 %
8 %
7 %
6 %
4 %
3 %
2 %
0 %
Extensión
Desde 0° hasta:
0º
10º
20º
30º
40º
50º a 150º 0 %
10 %
20 %
40 %
50 %
60 %
Aniquilosis
Anquilosis en:
0º
10º
20º
30º
40º
50º a 150º 30 %
35 %
40 %
45 %
50 %
65 %
Tobillo
Limitación funcional
Flexión Dorsal
Desde 0° hasta:
0º
10º
20º 3 %
2 %
0 %
Flexión Plantar
Desde 0° hasta:
0º
10º
20º
30º
40º 6 %
4 %
3 %
2 %
0 %
Inversión
Desde 0º hasta:
0º
10º
20º
30º 2 %
2 %
1 %
0 %
Eversión
Desde 0° hasta:
0º
10º
20º 2 %
1 %
0 %
Anquilosis
Anquilosis en:
Flex. dorsal Flexión plantar Inversión Eversión
0º 12 % 12 % 12 % 12 %
10º 20 % 16 % 17% 20 %
20º 28 % 20 % 23 % 28 %
30º 24 % 28 %
40º 28 %
Dedos del Pie
Anquilosis o Limitaciones Funcionales
1er. dedo
a) Articulación interfalángica:
Grado de flexión
0° 2 %
10° 3 %
20° 344 %
30° 4 %
b) Articulación metatarso-falángica:
Grado de flexión dorsal
0° 3 %
10° 3 %
20° 4 %
30° 4 %
40° 5 %
50° 5 %
Grado de flexión plantar
0° 3 %
10° 4 %
20° 4 %
30° 5 %
Resto de los dedos
a) Articulación interfalángica proximal 1 %
b) Articulación metatarsofalángica
De 0° a 20° 1 %
De 20º a 30° 2 %
Acortamiento de los miembros inferiores
De 0 a 1,50 cm. 2 %
De 1,50 a 2,50 cm 4 %
De 2,50 a 4cm. 6 %
De 4 a 5 cm. 8 %
Más de 5 cm, 10 %
Secuelas de Fracturas
Diastasis pubiana con subluxación sacro ilíaca, con complicación visceral pelviana, según secuelas (pelvis inestable): 20-40 %
Fractura de cótiló con protrusión acetabular 12-20 %
Fractura del cótilo con protrusión y necrosis de cabeza femoral 20-25 %
Secuela de luxación traumática de cadera, con fractura marginal y necrosis de cabeza femoral 20-25 %
Secuela de fractura de cuello de fémur 15-20 %
Prótesis parcial o total de cadera 10-15 %
Prótesis infectada o secuela (operación de rescate Girlestone) 40-60 %
A la incapacidad precedente no debe adicionarse la correspondiente a repercusión funcional y acortamiento del miembro.
-Fractura diáfisis femoral consolidada en, deseje (angulada o rotada) 15-20 %
Fractura de platillo tibial con incongruencia articular 15-20 %
Fractura de rótula con desplazamiento hasta 6 %
Patelectomía parcial 3-6 %
Patelectomía total 5-10 %
Prótesis parcial o total de rodilla 15-20 %
Prótesis parcial o total de rodilla, con signos radiográficos de aflojamiento 25-30 %
Prótesis parcial o total de rodilla, infectada o secuela quirúrgica de rescate 40-50 %
A la incapacidad precedente no debe adicionarse la correspondiente a repercusión funcional y acortamiento del miembro.
Fractura diafisaria de tibia sin desplazamiento 5-10 %
Fractura diafisaria de peroné sin desplazamiento 3-5 %
Fractura de tibia y/o peroné consolidada en eje 5-15 %
Fractura de tibia y/o peroné consolidada en deseje (angulada o rotada). 10-20 %
Fractura unimaleolar de tobillo 3-6 %
Fractura bimaleolar o trimaleolar de tobillo, con congruencia articular 10-15 %
Fractura bimaleolar o trimaleolar de tobillo, con incongruencia articular 15-20 %
Diastasis tibio perónea hasta 6 %
Fractura de astrágalo con necrosis 15-25 %
Astragalectomía 15-25 %
Fractura de calcáneo con aplastamiento, artrosis subastragalina 20-25 %
Fractura de ambos calcáneos con aplastamiento, marcha claudicante y artrosis subastragalina 25-30 %
Fractura de escafoides tarsiano con necrosis 5-10 %
Fracturas múltiples de pie, con edema, pie plano post-traumático,
atrofia de Sudeck 20-30 %
Fractura múltiple del pie, con edema, pie plano post traumático, bilateral 30-40 %
Lesiones menisco-ligamentarias
En las incapacidades siguientes está incluido el porcentaje por repercusión funcional.
Rodilla
Síndrome meniscal con signos subjetivos 0 %
Síndrome meniscal con signos objetivos (hidrartrosis, hipotrofia muscular, bloqueo, maniobras) 8-10 %
Meniscectomía sin secuelas 3-6 %
Meniscectomía con hidrartrosis, hipotrofia muscular 10-15 %
Hidrartrosis crónica 5-8 %
Sinovitis crónica con signos objetivos 5-8 %
Inestabilidad interna sin hipotrofia ni hidrartrosis, por lesión del ligamento lateral interno 10-15 %
Inestabilidad interna con atrofia, hidrartrosis y alteraciones en la marcha 15-25 %
Inestabilidad anterior o posterior, sin atrofia ni hidrartrosis, por lesión ligamentaria de cruzado anterior o posterior 10-15 %
Inestabildad anterior y posterior con atrofia, hidrartrosis y alteraciones en la marcha 15-25 %
Inestabilidad externa sin hipotrofia ni hidrartrosis, por lesión de ligamento lateral externo 10-15 %
Inestabilidad externa con atrofia, hidrartrosis y alteraciones en la marcha 15-25 %
Inestabilidad combinadas 30 %
Inestabilidades combinadas con hipotrofias e hidrartrosis 40 %
Lesiones musculares y tendinosas
Serán evaluadas según la limitación funcional que produzcan.
Pseudoartrosis
En las incapacidades siguientes está incluido el porcentaje por repercusión funcional.
Cuello femoral 40-60 %
Fémur, diafisaria 40-60 %
Fémur, supracondílea 40-60 %
Tibia, extremo proximal como secuela de osteotomía fallida 20-40 %
Tibia diafisaria 20-40 %
Peroné, diafisaria 5-10 %
Tibia y Peroné 20-40 %
Unimaleolar tibial 6-9 %
Unimaleolar peronea, infrasindesmal 3-6 %
Unimaleolar peronea, transindesmal 6-9 %
Unimaleolar peronea, suprasindesmal 9-12 %
Astrágalo 10-25 %
Metartasiano primero 3-6 %
Metatarsiano, 2do, 3ro, 4to., ó 5to. 0-2 %
Metatarsiano, base de 5to. 0-2 %
Hallux, 1er. Falange 0-2 %
Hallux, 2da. falange 0-1 %
Inestabilidad articular
En las incapacidades siguientes está incluida la pérdida por repercusión funcional.
Cadera
Inestabilidad articular 40-60 %
Rodilla
Inestabilidad Interna, sin hipotrofia ni hidrartrois 5-15 %
Inestabilidad interna con atrofia, hidrartrosis y alteraciones en la marcha 15-25 %
Inestabildad externa, sin hipotrofia ni hidrartrosis 5-15 %
Inestabilidad externa con atrofia, hidrartrosis y alteraciones en la marcha 15-25 %
Inestabildad anterior o posterior, sin atrofia ni hidrartrosis 5-15 %
Inestabilidad anterior y posterior, con atrofia, hidrartrosis y alteraciones en la marcha 15-25 %
Inestabildades combinadas 30 %
Inestabilidades combinadas, con hipotrofia e hidrartrosis 40 %
Tobillo
Inestabildad de tobillo con corroboración radiológica 5-10 %
Inestabildad de ambos tobillos con corroboración radiológica 15-30 %
CABEZA Y ROSTRO
LAS LESIONES DE CABEZA Y ROSTRO QUE SERAN EVALUADAS, SON LAS QUE DERIVEN DE LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES QUE FIGURAN EN EL LISTADO, DIAGNOSTICADAS COMO PERMANENTES O SECUELAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO
Para la evaluación de las lesiones producidas en la cabeza y el rostro se tendrán en cuenta: la zona afectada, la extensión de la lesión, la profundidad de la misma, el aspecto, complicaciones, cambios de color y el compromiso anatomo-funcional de los distintos órganos allí localizados. Asimismo se valorará la repercusión estética.
A la valoración de la incapacidad órgano-funcional se le sumará la correspondiente por la secuela estética.
CABEZA
Las lesiones óseas y neurológicas son evaluadas en la capítulo correspondiente a neurología. Las lesiones aquí evaluadas se refieren a las heridas contusas y/o cortantes producidas en la zona pilosa.
Herida contusa y/o cortante, en zona pilosa, con cicatriz cubierta 0 %
Herida contusa y/o cortante, en zona pilosa, con cicatriz descubierta 1-3 %
Scalp de cuero cabelludo, en zona pilosa, con pérdida parcial del mismo, con cicatriz cubierta 1 %
Scalp de cuero cabelludo, en zona pilosas, con pérdida parcial del mismo, con cicatriz descubierta 1-3 %
Scalp de cuero cabelludo, con pérdida definitiva y parcial de la capa correspondiente al cabello:
0 a 5 cm de diámetro 1-5 %
5 a 10 cm de diámetro 5-10 %
más de 10 cm de diámetro 10-20 %
Scalp de cuero cabelludo, con pérdida definitiva y total de todas las capas:
0 a 5 cm. de diámetro 5-10 %
5 a 10 cm. de diámetro 10-20 %
más de 10 cm. de diámetro 20-40 %
ROSTRO
Frente
Cicatriz frontal, horizontal, sobre surco o arruga, menor 4 cm. 0-2 %
Cicatriz frontal, horizontal, sobre surco o arruga, mayor 4 cm. 5-7 %
Cicatriz frontal, transversal o perpendicular, menor 4 cm. 5-7 %
Cicatriz frontal, transversal o perpendicular, mayor 4 cm. 8-10 %
Cicatriz frontal, estelar o en superficie, menor 4 cm2. 5-7 %
Cicatriz frontal, estelar o en superficie, mayor 4 cm2. 8-15 %
Cicatriz frontal, estelar o en superficie, con injerto cutáneo, menor de 4 cm2. 5-7 %
Cicatriz frontal, estelar o en superficie, con injerto cutáneo, mayor de 4 cm2. 8-15 %
Estallido de Seno Frontal uni o bilateral, sin complicación 5-10 %
Estallido de Seno Frontal uni o bilateral, con complicación Según secuelas
Cicatriz lineal de Arco Superciliar 0-2 %
Cicatriz retráctil de Arco Superciliar (notoria) 1-3 %
Pómulo
Cicatriz lineal, menor 5 cm. 1-3 %
Cicatriz lineal, mayor 5 cm. 4-6 %
Cicatriz en superficie, menor 6 cm2. 0-5 %
Cicatriz en superficie, mayor 6 cm2. 6-10 %
Fístula salival, sin tratamiento 5-7 %
Orbita
- Borde Superior
Alopecía de la ceja, unilateral 3 %
Alopecía de la ceja, bilateral 5 %
Fractura con depresión de la zona 5-10 %
Fractura Apófisis orbitaria externa, con desplazamiento, (involucra a la extremidad superior del Malar, sin fractura de la misma), sin tratamiento 10-15 %
Fractura Malar, su Apófisis orbitaria sola o asociada a la Apófisis orbitaria Frontal 15-20 %
- Borde Inferior
Fractura del piso orbitario Lámina horizontal, con desplazamiento, con diplopía 45 %
- Borde Interno
Fractura con desplazamiento del unguis 5-8 %
- Borde Externo
Debemos hacer mención especial sobre los huesos malares. En los grandes traumatismos faciales, el malar se fractura, dando origen a una secuela que debe ser reparada de inmediato, debido a la caída del piso orbital y la diplopía sobreviniente.
Contenido Orbitario y partes blandas Ver ojo.
Senos Nasales Ver nariz, garganta y Oído.
Lefort I Trazo horizontal del paladar y no compromete órbitas Según secuelas
Lefort II Atraviesa el borde infraorbitario, el piso, la pared interósea de la órbita y la lámina perpendicular Etmoides Fístulas craneorrea etc.
Lefort III Se agrega al trazo anterior la pared etc. externa de la órbita, Apófisis orbitaria del Frontal y el Cigoma
Las alteraciones visual y/u olfatoria y/o ventilatoria nasal, se sumarán a la incapacidad anatómica.
Pabellón Auricular
Pérdida total, unilateral 12 %
Pérdida del lóbulo auricular 4 %
Alteración estética parcial, unilateral 5-10 %
Alteración estética parcial, bilateral 15 %
A las lesiones del pabellón auricular se le sumará la incapacidad por repercusión auditiva y/o vestibular.
Mentón
Cicatriz lineal, menor 4 cm. 0-2 %
Cicatriz lineal, mayor 4 cm. 2-4 %
Comisura labial
Retracción labio superior 3 %
Desviación comisura labial 5 %
Retracción de ambos labios 12-15 %
Maxilar inferior
Incluye rama ascendente, rama horizontal, Gonión, Apófisis Coronoidea, Zona del Cóndilo-borde superior alveolar y Mentón Según secuela
Pérdida de la función masticatoria 70 %
Mutilaciones extensas de partes óseas y blandas 60-80 %
Fístula salival 25-30 %
Todas las lesiones de cabeza y rostro se evaluarán posterior al tratamiento y si quedaran como secuelas intratables.
OJOS
Generalidades
LAS LESIONES DE OJOS QUE SERAN EVALUADAS, SON LAS QUE DERIVEN DE LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES QUE FIGUREN EN EL LISTADO, DIAGNOSTICADAS COMO PERMANENTES O SECUELAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO.
La secuela de un accidente laboral o las alteraciones producidas por una enfermedad profesional con repercusión oftalmológica pueden producir el siguiente compromiso de la función visual.
1. - Pérdida de la agudeza visual. Por compromiso de los medios transparentes, de la retina del nervio óptico, de la vía óptica o de la corteza sensorial.
2. - Pérdida del campo visual, puede ser uni o bilateral.
3. - Pérdida o compromiso de la función motora de la musculatura extraocular (con o sin diplopía).
4. - Pérdida de alineamiento ocular y de la posición y o movilidad palpebal (ptosis, lagoftamos y otras alteraciones).
5. - Lesiones de la Vía Lagrimal.
6. - Alteraciones misceláneas.
Elementos útiles para la evaluación: Anamnesis, Examen físico Oftalmológico: Agudeza visual, Campo visual, Fondo de Ojo, Biomicroscopía (BMC), Retinofluoresceinografía y/o Neurológico.
Eventualmente se completará el diagnóstico con: Rx, Eco, TC, RMN o Potenciales evocados.
En todos los casos se evaluará la capacidad visual bilateral.
1. - Agudeza visual
1.1 - La agudeza visual se determinará corregida si procede o sin corrección si el uso del lente convencional o de contacto no resulta soportable (intolerancia, aniseiconia, defectos no corregibles de la superficie ocular).
Cuando el lente de contacto es bien tolerado, su corrección será la que deberá considerarse en el cálculo de la invalidez.
1.2 - La pérdida de la visión de un ojo deberá ser evaluada siguiendo los valores que proporciona la Tabla de Sená, aprobada por el Consejo Argentino de Oftalmología.
AV.: Agudeza visual_______ ENUC: Enucleación _______________ES/P: Enucleación s/prótesis
AV 1 0.9 0.8 0.7 0.6 0.5 0.4 0.3 0.2 0.1 -0.1 Enuc Es/P
1 0 1 2 4 6 9 13 18 24 32 42 45 50
0.9 1 2 3 5 8 11 15 20 26 34 43 47 52
0.8 2 3 5 7 10 13 18 23 29 37 45 50 54
0.7 4 5 7 9 13 16 21 26 32 40 50 55 58
0.6 6 8 10 13 16 20 25 30 36 44 55 60 62
0.5 9 11 13 16 20 24 29 34 41 49 60 65 67
0.4 13 15 18 21 25 29 33 39 47 56 70 70 73
0.3 18 20 23 26 30 34 39 45 54 65 80 80 80
0.2 24 26 29 32 36 41 47 54 64 75 90 90 90
0.1 32 34 37 40 44 49 56 65 75 85 100 100 100
-0.1 42 43 45 50 55 60 70 80 90 100 100 100 100
Enuc 45 47 50 55 60 65 70 80 90 100 100 100 100
Es/P 50 52 54 58 62 67 73 80 90 100 100 100 100
1.3 - La pérdida total de la visión de un ojo será causal de una invalidez del 42 %. A ese valor se referirá el cálculo de las perdidas de la visión y del campo visual.
1.4 - De acuerdo a la Tablas de Sená la pérdida del globo ocular (enucleación) dará una invalidez del 45 %.
1.5 - Si el trabajador es portador de ojo único, al momento de iniciar la relación laboral, el compromiso de la visión se evaluará de acuerdo a la siguiente tabla. Las visiones deberán estimarse con corrección de los vicios de refracción que pudieren existir.
Agudeza Visual 0,9 0,8 0,7 0,6 0,5 0,4 0,3 0,2 0,1
% Invalidez 5 10 20 35 50 70 80 90 100
1.6 - Si el compromiso de la visión es bilateral se evaluará de acuerdo a la Tabla de Sená resultando el porcentaje de la unión de la línea horizontal (agudeza del primer ojo) con el valor de la línea vertical (agudeza del segundo ojo).
1.7 - Puede existir mala agudeza visual por visión macular con respecto a la visión periférica. En este caso deberá atenderse al oficio que desempeña el accidentado para evaluar la incapacidad.
En general deberá atenderse en este y en todos los casos al criterio de invalidez para el oficio específico, para determinados trabajos o para todo trabajo (Ciego legal de la OMS).
1.8 - En el caso de un paciente afáquico corregido o de uno pseudofáquico con lente intraocular y con o sin corrección adicional al aire se considerará como índice de Incapacidad la visión central remanente a la que se el agregará un 30 % en consideración a la pérdida del campo visual periférico.
Si hay problemas en el ojo no lesionado y esto se ha acrecentado con el traumatismo se le otorgará lentes.
Cuando se trata de un ojo sin lente intraocular la AV determinada según la tabla de Sená se divide por dos (por ejemplo: 8/10 serán 4/10) para el cálculo visual normal.
1.9 - La catarata inoperable se evaluará según agudeza visual.
2. Pérdida del Campo Visual
2.1 - La pérdida del campo visual debe determinarse una vez garantizada la mayor agudeza visual posible, con corrección, si fuera necesario.
2.2. - El compromiso del campo visual se evaluará considerando el siguiente esquema como campo visual normal.
2.3 - Para las actividades que demanden una agudeza visual sin limitaciones, donde el campo visual periférico es de importancia capital (maquinista, conductores de buses, operadores de grúas y maquinaria pesada, etc.) se considerará el campo visual dividido en 8 meridianos de 60 grados cada uno lo que equivaldrá a 500 grados.
Para las actividades que no requieren de tanta capacidad visual (oficinistas, profesores, actividades de servicio), entendiendo que las lesiones son monoculares, se considerará el campo visual dividido en 8 meridianos pero de 40 grados centrales lo que equivale a 320 grados.
2.4 - Se analizará el Campo obtenido con el campímetro de Goldmann con Isoptera 1/IV para la periferia y 1/II para el campo central, y se contarán los grados comprometidos en cada meridiano.
2.5 - Obtenido el gráfico de la campimetría, se suman los grados de los ocho meridianos y se divide por 320 (total de grados para el campo visual normal para cada ojo), o 500 si se refiere a casos especiales, obteniéndose el campo visual preservado. La diferencia con la unidad será la pérdida del campo visual de ese ojo.
La pérdida de la capacidad visual unilateral se multiplica por el índice 0.25 para calcular la pérdida de la capacidad global.
2.6 - Cuando se trata del campo visual bilateral, se calcula la pérdida de ambos ojos por separado. Luego se suman y el resultado se multiplica por el factor 1.5, obteniéndose así el grado total de incapacidad por pérdida bilateral del campo visual.
2.7 - Cuando la agudeza visual está comprometida, al porcentaje de pérdida del campo visual deberá agregársele el originado por la primera (según capacidad restante).
3. Pérdida de la Función de la Musculatura Extraocular. Diplopía
3.1 - La pérdida de esta función obliga al paciente a consultar por diplopía y/o desviación de la cabeza. La diplopía también puede ser causada por traumatismo de la base de la órbita, o monocular en casos especiales de daño corneal.
La evaluación de la misma se hará considerando la edad y el tiempo de evolución, determinando una incapacidad que fluctuará entre el 10 y el 25 %.
3.2 - Se deberá considerar como Diplopía Residual aquella que ha resultado imposible corregir con la cirugía y que tampoco es posible reducir con el uso de prismas compensadores de Frenkel, en el post operatorio.
El trabajador podrá desempeñar alguna profesión en las mismas condiciones que un monocular, debiendo usar oclusión para poder desempeñar su actividad.
4. Pérdida del Alineamiento Ocular, de la Posición o Movilidad Palpebral y Misceláneas
4.1 - La pérdida del alineamiento ocular por causas diversas (post operatorias, traumáticas, etc.) será causal de invalidez.
Afecciones Porcentaje
Orbita: Lesiones óseas, se remite al capítulo de Cabeza y Rostro
Quérato Conjuntivitis Crónica, alérgica o irritativa unilateral, que no remite con el tratamiento hasta 5%
Quérato conjuntivitis Crónica, alérgica o irritativa bilateral, que no remite con el tratamiento hasta 10%
Pterigón post-traumático 5 %
Midriasis Paralítica unilateral 5 %
Midriasis paralítica bilateral 10 %
Midriasis post traumática por lesión del iris unilateral 5 %
Midriasis post traumática por lesión del iris bilateral 10 %
Iridodiálisis (con compromiso visual) Unilateral 5 %
Iridodiálisis Bilateral 10 %
Ptosis palpebral unilateral con pupila descubierta 5 %
Ptosis palpebral bilateral con pupila cubierta. Se le sumarán los trastornos funcionales de la visión Variable
Deformaciones palpebrales monoculares 5-10 %
Deformaciones palpebrales bilaterales 10-20 %
Lagoftalmos residual unilateral 5-10 %
Lagoftalmos residual bilateral 10-20 %
Estrabismo (lesión muscular o nerviosa). Según agudeza visual
Epífora post traumática unilateral 5-10 %
Epífora post traumática bilateral 10-20 %
Enucleación con prótesis 45 %
Enucleación no permite prótesis 50 %
Enucleación o evisceración bilateral 100 %
Oftalmía simpática, secuelar o accidentes en el otro ojo 100 %
Ceguera, post traumática, sin deformación del globo ocular, unilateral 42 %
Ceguera post traumática o atrófica del globo ocular con deformación unilateral, que permite prótesis 45 %
GARGANTA, NARIZ Y OIDO
Generalidades
LAS LESIONES DE GARGANTA, NARIZ Y OIDO QUE SERAN EVALUADAS, SON LAS QUE DERIVEN DE LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES QUE FIGUREN EN EL LISTADO, DIAGNOSTICADAS COMO PERMANENTES O SECUELAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO.
Para la evaluación de los daños laborales, producidos en Garganta,
Nariz y Oído, son útiles los siguientes elementos:
Datos clínicos: Anamnesis, examen Otorrinolaringológico, Neurológico.
Diagnóstico por imágenes: Rx. correspondiente a las zonas afectadas, en las posiciones específicas:
1 - Maxilar superior: Mentonasoplaca (M.N.P.).
Frontonasoplaca (F.N.P.)
2 - Arco Cigomático: posición submento vertical, M.N.P. y F.N.P.
3 - Fracturas nasales: M.N.P., F.N.P. y perfil.
4 - Peñasco: Stenvers, Schuller.
Tomografía Axial Computada y Resonancia mag. Nuc.
Electrofisiológico Electronistagmografía, Audiometría tonal, Logoaudiometría.
Potenciales Evocados Auditivos.
SI.S.I., Rinomanometría. Olfatometría.
OIDO
Lesiones traumáticas
Pabellón Auricular
Otohematoma, uni o bilateral sin complicaciones sin incapacidad
Otohematoma, uni o bilateral con complicaciones según secuelas
Condronecrosis 5 %
Cicatrices, ver Capítulo de Cabeza y Rostro
Membrana del Tímpano
Perforación uni o bilaterales, según repercusión auditiva y/o vestibular
Dislocación de Huesecillos. Según repercusión auditiva y/o vestibular
Normas para la evaluación del daño auditivo
Los trabajadores que hayan sufrido daño auditivo, sea por intoxicación, sobreexposición aguda o crónica a ruido, o bien por contusión encefálica, se someterán a estudio auditivo consistente en evaluación otológica y 3 audiometrías, así como a otros estudios para verificar el daño cocleal. Estos exámenes deberán hacerse después de un mínimo de 24 hs. de reposo auditivo y entre ellos deberá existir un intervalo no inferior a 7 días.
Los promedios de los decibeles, medidos en los umbrales de las frecuencias consideradas, en los tres exámenes, no podrán diferir en más de 10 dB. Si este requisito no se cumple en las 3 audiometrías, deberán tomarse otras hasta lograrlo.
Si por efecto de un trauma agudo se pierde total e irreversiblemente la función de un oído, conservándose la normalidad del otro, la incapacidad a reconocer será del 15 %.
La hipoacusia total, traumática o por exposición al ruido, se evaluará con una incapacidad del 42 %. Las Hipoacusias parciales se evaluarán según las tablas.
Cálculo de la pérdida monoaural
Se suma la pérdida en decibeles de la vía aérea de los tonos 500, 1.000, 2.000 y 4.000. La suma obtenida se traslada a la tabla donde se convierte en porcentaje de pérdida auditiva.
PERDIDA AUDITIVA MONOAURAL
SD % SD %
100
105
110
115
120
125
130
135
140
145
150
155
160
165
170
175
180
185
190
195
200
205
210
215
220
225
230
235 0,0
1,9
3,8
5,6
7,5
9,4
11,2
13,1
15,0
16,9
18,8
20,6
22,5
24,4
26,2
28,1
30,0
31,9
33,8
35,6
37,5
39,4
41,2
43,1
45,0
46,9
48,9
50,6 240
245
250
255
260
265
270
275
280
285
290
295
300
305
310
315
320
325
330
335
340
345
350
355
360
365
370 o > 52,5
54,4
56,2
58,1
60,0
61,9
63,8
65,6
67,5
69,3
71,2
73,1
75,0
76,9
78,8
80,6
82,5
84,4
86,2
88,1
90,0
90,9
93,8
95,6
97,5
99,4
100,0
Cálculo de la pérdida auditiva bilateral
Se suma la pérdida en decibeles de la vía aérea de los tonos 500, 1.000, 2.000 y 4.000 de cada oído y se lo traslada a la Tabla de la A.M.A./84 - A.A.O. MAY./79.
En esta Tabla se debe buscar en su eje horizontal el mejor oído y en su eje vertical el peor; de la intersección de ambos ejes surge la pérdida auditiva bilateral en porcentajes. Dicho valor multiplicado por 0,42 da como resultado la pérdida del % del salario.
En caso de no contar con la Tabla de la AMA, se puede determinar el valor de la pérdida del porcentaje del salario, por lesión auditiva uni o bilateral, con la siguiente fórmula:
(% Oído mejor x 5) + (% Oído peor x 1) x 0,42 = % del Salario
....................... 6
Evaluación de incapacidad por alteración de equilibrio por lesión de la rama vestibular.
La alteración de la rama vestibular del nervio auditivo puede causar perturbaciones del equilibrio. Para los efectos de esta norma se define equilibrio como la capacidad de adquirir, cambiar o mantener una actitud corporal que permita la realización de un determinado trabajo.
La determinación del deterioro se sustentará en signos objetivos, atribuidos al daño orgánico, en el examen laberíntico. La evaluación del deterioro se establecerá en base al grado de trastorno del equilibrio constatado (por electronistagmograma, examen neurológico, etc.) y no en relación con la sintomatología vertiginosa. Las determinaciones se realizarán después de 6 meses de suspendida la exposición al agente o el accidente supuestamente causal. Los niveles de deterioro a considerar con sus respectivas incapacidades son los siguientes:
Grado I. Deterioro mínimo. Se produce desequilibrio con los cambios bruscos de posición de la cabeza o en determinadas posiciones de la misma. Leves desviaciones y/o lateropulsiones en la marcha con ojos cerrados. Signos objetivos de daño orgánico en examen laberíntico y/o neurológico. Incapacidad 10 %
Grado II. Deterioro leve. Hay trastornos en la marcha y giros rápidos los que se acentúan al hacerlo con los ojos cerrados. Logra mantenerse en pie con los ojos cerrados. Hay signos objetivos en exámenes laberínticos y/o neurológicos. Incapacidad 20 %
Grado III. Deterioro moderado. La marcha sólo es posible con apoyo de bastón. Gran dificultad para mantener el equilibrio con ojos cerrados e imposibilidad de marcha en esas condiciones. Incapacidad 40 %
Grado IV. Deterioro avanzado. Hay gran dificultad para realizar cambios de posición. Imposibilidad de mantener una posición para desempeñar una tarea. Incapacidad 70 %
Grado V. Deterioro grave. Imposibilidad de marcha con ojos abiertos. Requiere asistencia de terceros para su traslado. Incapacidad 100 %
Peñasco, con complicaciones, se evalúan las secuelas
Apófisis Mastoides, sin complicaciones, no tiene incapacidad
Apófisis Estiloides, sin complicaciones, no tiene incapacidad
Apófisis Estiloides, con complicaciones (Ver Pares Craneales)
Se agregará la incapacidad, si hubiere, por repercusión auditiva y/o vestibular.
NARIZ Y SENOS PARANASALES
Las lesiones deformantes del rostro como los desplazamientos óseos y complicaciones se evaluarán después de la cirugía reparadora, reduciéndose los porcentajes de incapacidad, según el éxito de la cirugía.
NARIZ
Pirámide Nasal
Amputación nasal, total hasta 30 %
Ventanas Nasales
Deformidad marcada unilateral hasta 8 %
Deformidad marcada bilateral hasta 15 %
Fractura de los huesos propios
sin desplazamiento sin incapacidad
con desplazamiento hasta 6 %
Fractura Lámina Vertical del Etmoides
sin desplazamiento sin incapacidad
con desplazamiento y Obstrucción nasal hasta 6 %
(se le sumará la obstrucción nasal)
Fractura del hueso Vomer
sin desplazamiento
con desplazamiento y complicaciones
(se le sumarán las secuelas)
Fractura del Tabique Cartilaginoso
sin desplazamiento sin incapacidad
con desplazamiento hasta 6 %
perforación del Tabique Cartilaginoso 0-5 %
A la lesión anatómica se le sumará la repercusión funcional respiratoria (únicamente en los casos que no tenga solución terapéutica) según los siguientes parámetros:
Obstrucción Nasal
unilateral parcial 0-5 % total 5-10 %
bilateral parcial 5-10 % total 25-30 %
Además, se evaluará el compromiso estético según lo considerado en el Capítulo de Cabeza y Rostro.
SENOS PARANASALES
La fractura de los Senos Maxilar, Esfenoidal, Etmoidal o Frontal, que no produzcan complicaciones, no serán motivo de incapacidad.
Los desplazamientos óseos y las complicaciones se evaluarán posteriormente a las reparaciones quirúrgicas y/o médica.
Hundimiento de los senos 10-20 %
Desplazamiento del piso orbitario atrapamiento del recto inferior 10-20 %
Deplopía (ver Cap. Ojos) se le sumará a la incapacidad existente
Hiposmia 5 %
Anosmia 10 %
Cráneo Hidrorrea con solución terapéutica 5-10 %
Cráneo Hidrorrea sin solución terapéutica 40-60 %
Fractura del hueso Malar
con desplazamiento que involucra su apófisis orbitaria 10-20 %
asociada a la apófisis orbitaria del Frontal 15-20 %
Fractura del Cigoma
Única, con desplazamiento 5 %
asociada al Malar 10-20 %
asociada al Malar y al piso orbitario, con desplazamiento 10-20 %
Fractura del hueso Palatino, con complicaciones según secuela
Enfermedad profesional
Cáncer Primitivo de Etmoides
Local 20 %
Invasor (Piso de la Orbita, etc.) 90 %
LARINGE
Traumatismos
Parálisis Cuerdas Vocales única 5 %
Parálisis Cuerdas Vocales bilateral 10 %
Estrechez Laríngea, sin disnea 5 %
Estrechez Laríngea, con disnea (ver Cap. Respiratorio)
Estrechez Laríngea, con disfonía 5-15 %
laringectomía parcial 35 %
laringtectomía total 50-70 %
Traqueostomía transitoria (se evaluará según secuelas respiratorias y de la fonación)
Traqueostomía definitiva 50 %
Enfermedades profesionales
Disfonía funcional irreversible 15 %
Nódulos de las cuerdas vocales operadas con secuelas irreversibles 20 %
Laringitis crónica irreversible 20 %
SISTEMA RESPIRATORIO
Generalidades
LAS LESIONES DEL SISTEMA RESPIRATORIO QUE SERAN EVALUADAS, SON LAS QUE DERIVEN DE LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES QUE FIGUREN EN EL LISTADO, DIAGNOSTICADAS COMO PERMANENTES O SECUELAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO.
Los criterios para evaluar la incapacidad respiratoria causada por Enfermedades Profesionales o secuelas de accidentes de trabajo, se basan fundamentalmente en el compromiso funcional.
Elementos de diagnóstico: Anamnesis, Examen Médico
laboratorio específico: gases en sangre, baciloscopía
Diagnóstico por imagen Rx, TC, ECO, Centellografía
Pruebas funcionales: Espirometría, Dico (pruebas de difusión)
Endoscopias y biopsias pulmonares, ganglionares, etc.
Los estudios que miden la función sólo tendrán valor si fueron efectuados fuera del período agudo o de reciente reactivación del proceso crónico.
Cuadro 1
Alteraciones CV VR VEF1/CVF VEF/1
ASMA
BRONQUITIS Cr.
NEUMOCONIOSIS
ENFISEMA No dism.
No dismin.
Dism.
No dism. No aum-.
no dism.
Dism.
Aum. Dism
Dism.
N
Dism. Dism.
Dism.
No dism.
Dism.
El estudio Espirométrico es de fundamental importancia para el diagnóstico del tipo de patología pulmonar, especialmente en las Enfermedades Profesionales. El criterio de normalidad funcional será el propuesto por la Americana Thoracic Society.
Con el anamnesis (disnea, Agente, Tipo de trabajo, etc.), Examen Físico, Espirometría, Rx, y eventualmente gases en sangre y difusión pulmonar de gases; se llegará al diagnóstico de Enfermedad Profesional, y ubicar al trabajador dentro de la siguiente tabla para valorar el grado de incapacidad respiratoria que presente.
TABLA DE VALORACION PARA INCAPACIDAD RESPIRATORIA
Cuadro 2
Estadio I:
Ausencia de disnea Ex normal o secuela uni o bilateral menor al equivalente de un tercio de la playa pulmonar derecha. Volúmenes Espirométricos mayores de 80 %. Gases en sangre normales Sin incapacidad
Estadio II: Disnea a grandes esfuerzos y/o Rx lesiones uni o bilaterales que no excedan el equivalente al tercio de la playa pulmonar derecha Volúmenes Espirométricos entre 65 y 80 %. Gases en sangre con saturación de O2 mayor del 85 % hasta 30 %
Estadio III: Disnea a medianos esfuerzos y/o Rx con lesiones uni o bilateral que no exceden el equivalente a toda la playa pulmonar derecha Volúmenes Espirométricos entre 50 y 65 %. Gases en sangre con saturación de O2 mayor del 85 % 35 - 50 %
Estadio IV: Disnea a míminos esfuerzos y/o en reposo y/o Rx lesiones uni o bilateral que exceden la superficie de la playa pulmonar derecha Volúmenes Espirométricos menores al 50 %. Gases en sangre con saturación menor del 85 % 55 - 70 %
Estadio V: Insuficiencia Respiratoria Terminal, con Cor-Pulmonare 70 - 90 %
ENFERMEDADES PROFESIONALES
1. - NEUMOCONIOSIS FIBROGENICAS
Los criterios para evaluar la incapacidad respiratoria causada por neumoconiosis fibrogénica, como es el caso de aquellas derivadas de la exposición a sílice, asbesto, etc., se basan fundamentalmente en el compromiso radiológico y funcional. Para lo radiológico, se utiliza la norma de lectura de placas con neumoconiosis de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de 1980, que establece los criterios que se muestran en el siguiente cuadro:
Cuadro 1
OPACIDADES PARENQUIMATOSAS
PEQUEÑAS GRANDES
PROFUSION 0 1 2 3 A - Diámetro, o la suma de los diámetros > 3 mm y < de 50 mm.
B - Diámetro, o la suma de los diámetros < o = al área del 1/3 superior del pulmón derecho
C - Diámetro, o la suma de los diámetros > al área del tipo B
REDONDEADAS IRREGULARES
P-Diámetro < 1.5 mm
Q-Diámetro > 1.5 < 3 mm
R-Diámetro > 3 < 10 mm S-Diámetro < 1.5 mm
T-Diámetro > 1.5 < 3 mm
U-Diámetro > 3 < 10 mm
OPACIDADES PLEURALES
PARED COSTAL DIAFRAGMA ANGULO COSTOFRENICO
CIRCUNSCRITAS O DIFUSAS SI NO SI NO
ANCHO
a-<5 mm
b->5< 10 mm
c-> 10 mm EXTENSION
1-a 1/4 de la pared torácica
2->1/2 de la pared torácica
3->1/2 de la pared torácica Der Izq Der Izq
CALIFICACIONES
PARED DIAFRAGMA OTRAS El límite inferior para definir la obliteración del ángulo costofrénico, está dada por a Rx. de tórax estándar, categoría 1/1 - t/t
EXTENSION
1-< 20 mm
2-> 20 y < 100 mm
3-> 100 mm
Las alteraciones radiológicas pulmonares son condición sine qua non para el diagnóstico de neumoconiosis. En el caso de trabajadores expuestos a fibra de asbesto, la presencia de placa pleural, como signo aislado, no permite formular el diagnóstico de asbestosis en ausencia de opacidades parequimatosas.
Para medir el compromiso funcional se utilizará la espirometría, la que deberá realizarse sin broncodilatador, siendo la Capacidad Vital Forzada (CVF) y la Capacidad Residual (CR) los parámetros más alterados en esta patología, según se aprecia en el Cuadro Nº 1.
Los volúmenes medidos se expresarán en porcentajes de las referencias de normalidad.
Teniendo presente que las neumoconiosis fibrogénicas, por el desarrollo de fibrosis, que destruye y reemplaza al tejido pulmonar, dan un compromiso fundamentalmente restrictivo, el valor de la capacidad vital forzada (CVF), será el ítem que incidirá más en la ubicación del trabajador en la Tabla de Incapacidad Respiratoria.
2. - BRONQUITIS CRONICA OCUPACIONAL
La exposición crónica a agentes irritantes de la vía respiratoria contribuye al desarrollo de Bronquitis crónica. Se define a esta entidad como la presencia de tos y expectoración durante un período mínimo de 3 meses por año, al menos durante dos años seguidos.
1. - Bronquitis crónica simple en la que no hay obstrucción permanente e irreversible de la vía respiratoria.
Incapacidad 0 %
2. - Bronquitis crónica obstructiva. la incapacidad se determinará sobre la base de las alteraciones ventilatorias que se demuestren mediante la espirometría sin uso de broncodilatador, teniendo presente que para la patología obstructiva, se emplearán los indicadores Volumen Espiratorio Forzado en un segundo (VEF1), y la relación entre éste y la Capacidad Vital Forzada o Indice de Tiffeneau VEF1/CVF, como los más orientadores para la ubicación del trabajador en la tabla de Incapacidad Respiratoria.
Si el resultado fu