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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #48411  por mafeci11
 
Alguien me podria decir que pasa si una persona fallece teniendo una pension graciable? Es decir, con este tipo de pensiones si la persona tiene bienes se les traba una ihibicion, no?
Si fallece estando inhibida, se pueden cobrar el IPS con el inmueble de la persona lo que ella cobro como pension graciable?
Se devuelve el dinero que se cobra en una graciable?

 #48638  por mirtalucia
 
Hola. Te cuento que el IPS siempre traba inhibicion gral de bienes para las graciables. ESto es así porque hasta no hace mucho, no tenía forma de controlar cuando la persona fallecía y si tenía apoderado podía pasar que éste último le cobrara durante años la pensión (como sucedió en muchos casos). La traba es para asegurarse que no hay cobros posteriores al fallecimiento. Yo particulamente hasta ahora no ví ningun caso de que se cobre de los bienes que deja la persona.
no entiendo bien tu pregunta de si se devuelve el dinero. Si está mal percibido por otra persona sí tiene que devolverlo, pero si quien lo cobró como corresponde fue el pensionado y luego falleció, lo que hay que hacer es un trámite en IPS para pedir el levantamiento de la inhibicion.