Estimados colegas: me estoy iniciando en la profesión y les consulto: una cliente que tiene una hija con su ex-concubino pretende reclamarle alimentos, ya que desde hace 3 meses que ya no conviven y el progenitor, si bien visita a veces a su hija, no le pasa alimentos regularmente. Ahora bien, le sugerí llegar a un acuerdo extrajudicial y ponerlo por escrito (para después homologarlo, si fuese necesario); los honorarios pactados son equivalentes a un mes de alimentos: los paga el alimentante, o a medias? Gracias.