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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #579916  por carolinatrames
 
Hola foristas. Tengo el siguiente tema. Una empleada de mi clienta (empleadora) se jubiló hace tres años y nunca se lo informó. Es más, tampoco esta la intimo a que lo haga en su momento cuando cumplió la edad jubilatoria. Dicha empleada sigue trabajando.
Ahora bién. La empleadora quiere ver la posibilidad de bajarle la carga horaria en el trabajo.
Como debería instrumentar la situación?. Tengo entendido que en principio podría considerar culminada la relación laboral al estar jubilada la empleada. Deberia considerarla despedida y posteriormente reincorporarla bajo un nuevo contrato de trabajo con las condiciones que ella quiere (menos horas, etc)?
Espero sus aportes. Muchas gracias como siempre!
 #579943  por Gyzella
 
Hay dos teorias: Fijate el Plenario Cuoto que dice que la antiguedad se corta por jubilación del trabajador y nace una nueva antiguedad.
La otra postura es que la antiguedad nunca se corto por lo tanto se la indemniza por la totalidad de antiguedad.
Si le modificas las condiciones de trabajo se puede considerar despedida y vas a tener que resolver el tema antiguedad.-
Yo te recomiendo si la quiere despedir que negocien una desvinculacion, lo concilies y lo homologues.
Ojo! esa es mi opinion.
Saludos. Gisela.-
 #580966  por carolinatrames
 
Hola Gisela gracias por tu respuesta. Recién acabo de leer el fallo de Couto. Por lo que sé es que mi clienta no quiere despedirla, sí modificarle las condiciones de trabajo (menos días). Se puede realizar un acuerdo donde conste que la empleada percibe haberes jubilatorios, que las condiciones laborales se modifican de mutuo acuerdo y homologarlo ante el ministerio de trabajo?
 #580980  por Gyzella
 
El tema jubilatorio lo dejaria de lado, porque (para mí) no es trascendente, fijate que lo que cobra un jubilado hoy en día con las justas sobrevive.
El tema que me genera dudas, y por eso espera otras opiniones más es: si se modifican las condiciones del contrato de trabajo, la empleada acepta, y después dice que consintio tales modificaciones simplemente para no perder su fuente de trabajo????? que pasaría???
Si tiene tanta antiguedad seria como caminar por la cornisa...
Habría que ver si el Ministerio te lo homologa, porque no vas y preguntas.-
Aca en MDP en normal preguntarle de todo a todos, ir a preguntar al Ministerio al Tribunal...a los jueces..jajaj!
Saludos.-
Creo que ahora si que no te colaboré en nada, sory!!
 #582718  por carolinatrames
 
Y pensándolo bién el tema de modificar su trabajo es riesgozo, tal cuál. Si en su caso decide despedirla porque ya está jubilada (cuestión que se enteró recién ahora la empleadora desp de 3 años que la empleada ya estaba jubilada), la empleadora debería estarle abonando indemnizacion por la antiguedad tomada en cuenta por el trabajo efectuado desp de jubilada, es decir estos ultimos tres años no?...