Buenas tardes colegas, tengo una duda... en el caso de una persona que trabaja limpiando en un gimnasio, todos los dias 4 horas, la están por despedir. La idea es realizar alguna intimación antes de que la despidan, pero servicio doméstico no es?? cómo lo hago??. Saludos y gracias. Paula.
Paula08 escribió:Buenas tardes colegas, tengo una duda... en el caso de una persona que trabaja limpiando en un gimnasio, todos los dias 4 horas, la están por despedir. La idea es realizar alguna intimación antes de que la despidan, pero servicio doméstico no es?? cómo lo hago??. Saludos y gracias. Paula.Hola, previamente te aclaro que la ley de servicio doméstico se aplica al trabajador que presta servicios dentro de la vida doméstica (vgr. una casa de flia.) y que no importe lucro para el empleador. Por lo tanto, cuadra dentro de la LCT. Si esta trabajando en "negro" debes realizar un intimación conforme la ley 24.013, fijate art. 11 según ley 25.345 y de paso arts. 7 a 17. Fijate que hay numerosos post con modelos de telegrama ley 24.013 y sin perjuicio del plazo de 30 días para regularizar fijate art. 57 de la LCT. Analiza también si le adeudan SAC y otros rubros. Como la intimación lleva apercibimiento, fijate que situación te plantean al contestar el telegrama o en su caso el silencio, para configurar la injuria y el despido indirecto.
Si es la primera vez que realizas un intercambio laboral, prepara el telegrama y te recomiendo postear todas las dudas. Espero te sirva, saludos
