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 #582369  por kityn
 
Hola tengo una duda por favor....

Artículo 91 — Se considerarán inhabilitados para ascensos el personal Superior y Subalterno que se hallare en
algunas de las siguientes situaciones:
a) Falta de antigüedad mínima en el grado. Los tiempos correspondientes se determinan en el Anexo 4, de la presente
Ley.
b) Exceso de licencia por enfermedad.
c) Situación de enfermo, en caso no motivado por actos de servicios.
d) Exceso de licencias en el año calendario, no motivadas por enfermedad o lesiones.
e) Hallarse bajo sumario administrativo, no resuelto.
f) Reunir antecedentes disciplinarios desfavorables en el periodo analizado; más de siete días de suspensión de empleo,
o más de treinta dias de arresto, siendo personal subalterno. Más de veinte días de arresto, siendo empleado superior
de cualquiera ele los Cuadros,
g) Hallarse bajo sumario judicial, mientras se hallare privado de su libertad o bajo prisión preventiva.
h) Haber sido reprobado o dado de baja por razones disciplinarias, falta de aplicación, exceso de inasistencias, o solicitud
del causante, de cursos policiales de información, perfeccionamiento o capacitación profesional.
i) Haber sido llamado a rendir exámenes tendientes a comprobar la idoneidad del personal o capacitación para funciones
policiales o auxiliares de las mismas —que le correspondan por escalafón— y resultar reprobado u obtener
postergación para rendir por razones personales.
j) Haber obtenido postergación de su incorporación a cursos policiales de información, perfeccionamiento o capacitación
especial cuando correspondía el turno por antigüedad en el grado, destino u otra causa.
k) Haber merecido calificación anual inferior a la mínima exigida como requisito especial para ascender a ciertas
jerarquías, conforme se reglamente.


Bien: Mi consulta es que ahora en el año 2010 se realizo junta de calificaciones por periodo 2006 a 2008 para ascenso al proximo escalafon; el tema es que me notificaron como INHABILITADO por art. 91 inc. e (remarcado) resulta que actualmente no tengo ningun sumario administrativo. en ese periodo si, pero de acuerdo a mi interpretación el inc. f ACLARA sobre el periodo analizado, en cambio en el inc. e dice: HALLARSE (ahora) y yo al momento de realizarse la junta no me hallo con sumario administrativo..?? como debo interpretar esto para hacer mi recurso.?? gracias