Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • policia y A.R.T.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #583814  por Drfelipe
 
Colegas necesitaria saber como puedo hacer para tomar conocimiento del contrato que tiene el empleador de mi cliente con la Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
Ello en virtud de que mi cliente es un Policia, y según me comento ellos tienen cobertura los 365 dias del año, lo cual a mi criterio de ser así debe tener un contrato especial. Consulto esto por que su Jefe le dijo que durante las vacaciones no tienen cobertura por lo tanto no pueden hacer adicionales, lo cual los perjudica ya que muchos se quedan las vacaciones en su casa.
Esto es asi?..

Por otro lado, habria alguna forma de forzar la interpretacion de la 20.744 para incluir a la policia dentro de esta ley?...ellos no forman parte de la administracion publica, los cuales estan excluido de la 20.744, pero segun entiendo la numeracion que hace el art. 2 no es taxativa.

Desde ya muchas gracias
 #583871  por pepecurdele
 
tienen contrato comun con las ART si es de la pcia de Bs As con Provincia ART y si es de le Federal tengo entendido que hace unos pocos meses tienen ART no se cual, pero la tienen. Si el accidente es anterior a que tengan la ART la policia es recponsable directa por las prestaciones de la LRT