Hola colegas, les cuento el caso, nos llega un cliente con un juicio de filiacion iniciado hace un tiempo en el cual la madre del menor que pretende el reconocimiento inicia juicio a los abuelos dado que el supuesto padre biologico habia fallecido por una enfermedad terminal todo iba bien ya que el abuelo (padre del supuesto progenitor de la menor) estaba de acuerdo en realizarce el examen de ADN, pero luego este abuelo fallece, y ahora la causa a los efectos de lograr el reconocimiento se vuelca hacia un menor que si esta reconocido por esta persona que fallecio, y el juez ordena a esta menor que concurra en tal fecha para la realizacion de la extracion de sangre y asi realizar el examen de sangre entre las supuestas hermanas.
Ahora bien la madre de la menor no esta de acuerdo con ello y no concurrira a dicho examen, cuales serian los liniamientos basicos en los que me tendria que basar para presentar un escrito argumentandole al juez esta no comparencia a dicho examen?
Otra pregunta, la menor reconocida es acredora de un importante beneficio social dado que el padre fallecido se desempeño en un importante conflicto belico y es por lo cual este asunto se ha movilizado (factor monetario) teniendo en cuenta lo dicho y suponiendo que a posteriori se exumaran el cuerpo del supuesto abuelo o supuesto padre y el examen diera positivo corremos el riesgo de tener que reintegrar el 50 por ciento de lo percibido de ese beneficio desde el momento de nuestra negativa a realizar el examen de sangre o de la interposicion de la demanda?
y con respecto a las costas ? siempre teniendo en cuenta que la demanda se incuo inicialmente contra el abuelo que posteriomente fallecio.-
Desde muchas Gracias a todos!!!!!!!!
Ahora bien la madre de la menor no esta de acuerdo con ello y no concurrira a dicho examen, cuales serian los liniamientos basicos en los que me tendria que basar para presentar un escrito argumentandole al juez esta no comparencia a dicho examen?
Otra pregunta, la menor reconocida es acredora de un importante beneficio social dado que el padre fallecido se desempeño en un importante conflicto belico y es por lo cual este asunto se ha movilizado (factor monetario) teniendo en cuenta lo dicho y suponiendo que a posteriori se exumaran el cuerpo del supuesto abuelo o supuesto padre y el examen diera positivo corremos el riesgo de tener que reintegrar el 50 por ciento de lo percibido de ese beneficio desde el momento de nuestra negativa a realizar el examen de sangre o de la interposicion de la demanda?
y con respecto a las costas ? siempre teniendo en cuenta que la demanda se incuo inicialmente contra el abuelo que posteriomente fallecio.-
Desde muchas Gracias a todos!!!!!!!!