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  • Muerte de un heredero durante la declaratoria.

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #589979  por nidia
 
Hola a todos, hoy mi consulta es la siguiente, he iniciado una Declaratoria de Herederos, en los cuales se presentaron en la demanda la cónyuge supértiste, y los tres hijos, estoy transcurriendo la Declaratoria, todavia no hay resolución y fallece la mujer del causante. En el tribunal me dicen que presente al expte. la partida de defunción de la Señora, para que cuando salga la resolución, si bien ella va a aparece como heredera, también renglon seguido dira que ante el fallecimiento de la misma solo quedan como herederos universales los tres hijos. Hasta alli todo claro, ahora yo me pregunto, por la señora muerta (cuyos bienes a denunciar son la casa familiar, bien ganancial) debo iniciar otra declaratoria y de nuevo hacer denuncia de bienes o puedo acumularla a la del esposo que falleció primero. Espero haber sido clara y si alguien me puede contar como proceder se lo agradecería.
 #590169  por paulinas
 
Hola, mira si entendi correctamente, estas tramitando proceso sucesorio de X, casado con tres hijos, y antes de dictarse declaratoria fallece la esposa del casuante?. si es asi, presentas un escrito firmado por los hijos donde denuncias el fallecimiento de su sra. madre, acompañas certificado de defuncion timbrado y planillas de jucios universales, y automaticamente estas amplaido el proceso sucesorio de ambos conyuges.- el expediente va a receptoria para que tome nota, se diligencian las planillas de juicios universales, debes acompañar informe de IPS y registro Testamento y pides declaratoria de ambos.- Es lo que entendi.- Espero te sirva. saludos
 #590173  por paulinas
 
Sigo: me falto contestarte en relacion a los bienes: en el mismo escrito de denuncia fallecimiento, en un punto decis: Acervo hereditario: que el mismo esta constituido por un 50% del bien inmueble......- Luego de declaraotira de ambos, como los hijos van a recibir el 100% por el fallecimiento de ambos -si el bien era ganancial- pagas la tasa de justicia por el total del bien.- y lo transmitis en su totalidad a los tres hijos.- Saludos
 #590237  por nidia
 
Hola Paulinas y gracias por la respuesta, a ver si entendi, una vez presentado el escrito con el hecho nuevo mas la partida de defunción, debo giligenciar los oficios (soy de la Pcia de Santa Fe) digase a Registro de Procesos Sucesorios, al Colegio de Escribanos, Ley 5110 Caja de pensiones y Seguridad Social, Al API y publicar los edictos.
Lo que no entendí es sobre el punto que debo denunciar el 50% del bien.
Ya estoy abusando de tu buena voluntad y te pido disculpas pero nuevamente gracias si me podes acalar el tema.Besos