Por favor si me pueden orinentar:
Patrocino a la madre que inició demanda porque el padre no pagaba los alimentos que habían acordado en un convenio. A su vez el padre inició demanda porque la madre dificultaba las visitas acordadas en dicho convenio. Los expedientes se acumularon y en audiencias con el Consejero de flia. se llegó a que el padre abonó lo adeudado, luego que le comenzaron a hacer retenciones de su sueldo, y se estableció nuevo régimen de visitas. Se labró el acta y firmaron. Creo, con mi poca experiencia, que ya está finalizado o listo para finalizar el trámite del expediente.
Aquí viene mi duda: La madre inició la demanda por Defensoría Oficial que inició un Bcio. de L. sin Gs. y luego la patrociné yo. Como la madre perdió el oficio de certificación de su firma para retirar del Banco lo retenido del sueldo pediré una nueva certificación y ví nuevamente el expte. observando que dice "Intímese a ......... que en 5 días formule peticiones tendientes a concluir Beneficio de Litigar sin gs. , bajo apercibimiento de dictar sentencia sin más trámite- Notifíquese por Secretaría.- Y al pie dice "En la fecha se libró cédula".
No recibí la cédula en el domcilio constituido, ¿pero si presento el escrito solicitando nueva certificación de firma no quedo automáticamente notificado? -
¿Vale la pena continuar con el Beneficio o espero la sentencia (me dijeron que los Defensores inician el Beneficio para demostrar la necesidad económica de su intervención en el caso) ?
Muchísimas gracias y dispulpen la extensión.
Patrocino a la madre que inició demanda porque el padre no pagaba los alimentos que habían acordado en un convenio. A su vez el padre inició demanda porque la madre dificultaba las visitas acordadas en dicho convenio. Los expedientes se acumularon y en audiencias con el Consejero de flia. se llegó a que el padre abonó lo adeudado, luego que le comenzaron a hacer retenciones de su sueldo, y se estableció nuevo régimen de visitas. Se labró el acta y firmaron. Creo, con mi poca experiencia, que ya está finalizado o listo para finalizar el trámite del expediente.
Aquí viene mi duda: La madre inició la demanda por Defensoría Oficial que inició un Bcio. de L. sin Gs. y luego la patrociné yo. Como la madre perdió el oficio de certificación de su firma para retirar del Banco lo retenido del sueldo pediré una nueva certificación y ví nuevamente el expte. observando que dice "Intímese a ......... que en 5 días formule peticiones tendientes a concluir Beneficio de Litigar sin gs. , bajo apercibimiento de dictar sentencia sin más trámite- Notifíquese por Secretaría.- Y al pie dice "En la fecha se libró cédula".
No recibí la cédula en el domcilio constituido, ¿pero si presento el escrito solicitando nueva certificación de firma no quedo automáticamente notificado? -
¿Vale la pena continuar con el Beneficio o espero la sentencia (me dijeron que los Defensores inician el Beneficio para demostrar la necesidad económica de su intervención en el caso) ?
Muchísimas gracias y dispulpen la extensión.