necesito información! vivo en un depto otorgado por el instituto de la vivienda, el cual compramos mediante boleto de compra venta. Está escriturado a nombre del adjudicatario, inscripto en el registro de propiedad, la cual todavia posee hipoteca con el instituto. Teoricamente no se podía vender sin autorizaciín del Instituto.El instituto me pide para hacer la transferencia: cesión o boleto de compra venta firmada por un escribano o juez de paz y la cancelación de la hipoteca. Desde hace varios años intenté localizar al adjudicatario y por fin lo logre pero no se quiere acercar al instituto por miedo a que lo sancionenn por vender sin haber cancelado la hipoteca. Consulte con un escribano y me dijo q lo mejor era hacer un poder para venta y así escriturarla sin el adjudicatario, QUE ES LO MEJOR QUE PUEDO HACER? GRACIAS