Hola. Tengo terminado un divorcio por el 215 CC ya hace un año.
ahora los conyuges liquidan la sociedad conyugal que solo tienen ambos 50% cada uno de cuotas partes de una srl.
el marido esta inhibido en el registro de propiedad inmueble.
mi pregunta es : el juzgado si el cede el 50% a la mujer de sus cuotas partes, pide certificado de inhibicion? yo entiendo que no porque no se traba de un bien del registro, pero tengo la duda
Muchas Gracias
ahora los conyuges liquidan la sociedad conyugal que solo tienen ambos 50% cada uno de cuotas partes de una srl.
el marido esta inhibido en el registro de propiedad inmueble.
mi pregunta es : el juzgado si el cede el 50% a la mujer de sus cuotas partes, pide certificado de inhibicion? yo entiendo que no porque no se traba de un bien del registro, pero tengo la duda
Muchas Gracias