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  • CADETE FUERA DE CONVENIO

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #594677  por mpel
 
Es un caso de un empleado que accedió a que lo excluyan de convenio un par de años luego de recibirse pero que siguió siendo cadete.
Cumple las mismas funciones que antes de recibirse y es el mismo trabajo, al igual que sus compañeros, pero sus compañeros fueron recibiendo los incrementos acordados por cct.
Quiere confirmar si en el supuesto caso que lo despidan sin causa puede reclamar:
1. que la exclusión de convenio fue fraudulente y perjudicial
2. el ajuste de las remuneraciones liquidadas sin los incrementos correspondientes, incluyendo las sumas no remunerativas acordadas por cct más los intereses
3. ajuste de la indemnización, calculada sobre la nueva base
 #594954  por dradilella
 
Como firmo la exclusiòn del CCT? para mi no es valida. El trabajador no puede renunciar a los derechos de minima que le acuerda la legislaciòn.
 #595130  por bleger
 
Puede reclamar las diferencias salariales no prescriptas (esto incluye las diferencias por básico de convenio y otros rubros salariales mas los aumentos). Los intereses se aplica tasa activa BNA desde la exigibilidad de cada período (lo declarará la sentencia) y , por cierto, la indemnización. En el caso, seguramente, le abonaran la indemnización con una base menor, asi que tendrá que reclamar la diferencia.
 #595857  por mpel
 
Gracias por las respuestas, ciertamente es una práctica de legalidad dudosa pero la empresa ofrece un "beneficio" a cambio, consiste en adherir al empleado y su grupo familiar a OSDE y si los aportes no alcanzan la empresa paga la diferencia para ofrecer al menos el plan más bajo.
Claro que lejos está de ser un beneficio ya con el tiempo el sueldo quedó muy reducido en comparación con trabajadores de la misma categoría.
¿Prosperará considerar un despido indirecto?
 #595922  por dradilella
 
El beneficio tiene que ver con la Obra Social, que es prestacion obligatoria, pero la empledora te lo mejora. Pero nunca puede dejar de aplicar los beneficios del Sindicato establecidos por CCT porque su aplicaciòn es obligatoria junto con la LCT, ley de jornada de trabajo. El reclamo te va a prosperar, cuando hagas la demanda habla del orden publico laboral, el piso de minima, fraude. Saludos.