Hola buenas tardes, no sé si me podran ayudar, necesito asesoramiento. Estoy en licencia por maternidad, soy empleada de comercio. Tengo problemas con el pago de mi sueldo a través de ANSES, yo entre en licencia el 06/04 hasta el 06/07, ellos no me pagaron la parte no renumerativa, de acuerdo a un nuevo acuerdo de empleados de comercio, ANSES debe tomar en cuenta la parte no remunerativa para el pago del salario, tengo entendido que esto es a partir del mes de mayo. Como reclamo el pago de lo no remunerativo por los meses de mayo, junio y los dias de julio? El mes de abril, la parte no remu..me lo debe pagar mi empleador?
Otro problema, cuando yo salí de licencia mi recibo de sueldo figuraba por 5 horas (desde octubre de 2008 que nos redujeron las horas para evitar despidos por la crisis, a comienzo de este año ya estabamos trabajando 8 horas, pero los recibos seguian figurando por5 hr, la diferencia nos la abonaban en negro) en mayo cambiaron todos los recibos por 8 horas, jornada completa, ANSES me paga en base a 5 horas, tengo entendido que ellos hacen un promedio de los ultimos 3 meses, puedo reclamar la diferencia por esas 8 horas, ya que segun la ley de contrato de trabajo dice que es una suma igual a la retribución que la mujer percibiría por esos 90 días de trabajo si estuviera en actividad, a mi empleador o a la ANSES. Espero haber sido clara.
Muchas gracias. Saludos Atte Valeria.
Otro problema, cuando yo salí de licencia mi recibo de sueldo figuraba por 5 horas (desde octubre de 2008 que nos redujeron las horas para evitar despidos por la crisis, a comienzo de este año ya estabamos trabajando 8 horas, pero los recibos seguian figurando por5 hr, la diferencia nos la abonaban en negro) en mayo cambiaron todos los recibos por 8 horas, jornada completa, ANSES me paga en base a 5 horas, tengo entendido que ellos hacen un promedio de los ultimos 3 meses, puedo reclamar la diferencia por esas 8 horas, ya que segun la ley de contrato de trabajo dice que es una suma igual a la retribución que la mujer percibiría por esos 90 días de trabajo si estuviera en actividad, a mi empleador o a la ANSES. Espero haber sido clara.
Muchas gracias. Saludos Atte Valeria.
