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  • PODRIAN AYUDARME CON EJECUCION DE HONORARIOS

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #597632  por andref
 
DESDE YA MIL GRACIAS
TENGO HONORARIOS REGULADOS FIRMES DESDE HACE 17 MESES NO ABONADOS
COMO INICIO EJECUCION?
QUE INTERESES POR MORA Y POR ACTUALIZACION SE USAN EN CAPITAL
DEBO HACER EN EL ESCRITO INICIAL UNA LIQUIDACION?
 #597845  por kantaclaro
 
Pgta. en el juzgado donde tramita el ppal. si lo debés iniciar en este o por vía incidental (seguramente). De ser esto último, deberás confeccionar una dda. acompañando, a modo de documental, copia del auto regulatorio y de su notificación. Los intereses aplicables será la tasa activa. Saludos
 #597987  por vero_ss
 
hola, les hago una pregunta.. tengo que ejecutar a una empresa en quiebra, la ejecucion la hago igual pero la presento en el juzgado con la quiebra no? o tiene alguna diferencia?
gracias
 #599645  por andref
 
MUCHISIMAS GRACIAS POR TU RESPUESTA. ASI LO HARE.

[quote="kantaclaro"]Pgta. en el juzgado donde tramita el ppal. si lo debés iniciar en este o por vía incidental (seguramente). De ser esto último, deberás confeccionar una dda. acompañando, a modo de documental, copia del auto regulatorio y de su notificación. Los intereses aplicables será la tasa activa. Saludos[/quote]
 #626117  por PAPINIANO100
 
Disculpa lo tonto de la pregunta pero recién empiezo: para iniciarlo por via incidental hago la demanda y la presento directamente en la cámara pidiendo se remita al juzgado donde tramitó el principal? o necesito algún pronunciamiento del juzgado para que tramite por incidente?
Ultima: se trata de la ejecución de los honorarios de un oficio 22172 que enviaron de Rio Negro; lo puedo ejecutar en Capital en el juzgado que tramitó el oficio contra la demandada que tiene domicilio en capital?
gracias
kantaclaro escribió:Pgta. en el juzgado donde tramita el ppal. si lo debés iniciar en este o por vía incidental (seguramente). De ser esto último, deberás confeccionar una dda. acompañando, a modo de documental, copia del auto regulatorio y de su notificación. Los intereses aplicables será la tasa activa. Saludos