hola estimados colegas, necesitos algo de orientación, hace unos días recibí en mi estudio a una sra. que convivió 25 años con un hombre el cual falleció, ahora los hijos del causante quieren dejarla en la calle, alegan que no le corresponde nada. analice la posibilidad de alegar una sociedad de hecho, no puede ser porque todos los bienes que existen eran del matrimonio del causante que habia enviudado cuando comenzo la convivenica con mi clienta. por otra parte sé que nuestro código no le reconoce dere. sucesorios, por lo que no le di muchas esperanzas a la sra. A los días conversando con colegas me dijeron que había jurisprudencia que reconocía derechos sucerios a la concubina, que investigara. Hasta ahora no encuentro nada al respecto. Alguien conoce algo de ello? podría indicarme algún fallo si es que existe. desde ya muchas gracias. saludos
dudo que exista esa jurisprudencia.
son concubinos, cada uno se queda con lo suyo y sino proba la sociedad de hecho (casi imposible)
saludos.