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  • Alimentos en Pcia. ¿Cómo sigue?

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #602928  por joma
 
Me dan una mano:

Tomé el caso de un padre que lo demandaron por alimentos y el Tribunal consideró que no correspondía la apertura de la Etapa Previa por lo que se radicó la causa directamente en el Tribunal.

Se hizo una audiencia y no hubo acuerdo sobre el porcentaje de la cuota alimentaria por lo que deberá resolver el Tribunal.

Como es mi primer caso que no se resuelve en la audiencia con el Consejero de Familia me surge la duda:

¿Ahora solo cabe esperar la sentencia o debo realizar alguna presentación, etc.?

¿Cómo se cobra en estos casos?

Muchas gracias.
 #603195  por SOL DE OTOí‘O
 
En realidad no hay sentencia, te tienen que dar traslado de la demanda. El consejero lo que hace es llevar adelante una audiencia preliminar para que las partes acuerden pero si no lo hacen hay que trabar la litis. Tengo entendido que es así, soy de pcia pero litigo en juzgados de paz y si bien no hay consejero se hace la audiencia a los fines de conciliar y sino te dan plazo para contestar. Ahí probá todo (ingresos, gastos, etc) para evitar que el juez fije una cuota muy alta
En cuanto a honorarios la ley dice el monto a pagar por 2 años y de ese resultado se fija del 8 al 25%. Igual el juez establece costas al alimentante, tirale un nº y a lo que más o menos regule el juez.
 #603312  por joma
 
Muchas gracias sol por tu ayuda, me diste una buena orientación.

Si alguien más tiene algo para aportar se lo voy a agradecer mucho.