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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #603123  por msal
 
Alguien sabe si procede pedir la actualización de los honorarios regulados en un juicio desde la fecha de su depósito en la cuenta de autos y hasta la fecha de su efectivo cobro (demorado más de cuatro meses por el juzgado al no emitir la orden pertinente. Alguien tiene alguna jurisprudencia al respecto que me pueda facilitar? Gracias.
 #604406  por DRGABRIELMARISCAL
 
NO PODES PEDIR LA ACTUALIZACION YA QUE LA PARTE VENCIDA CUMPLIO CON EL PAGO DEL DEPOSITO, SEGUN TUS DICHOS, EN TIEMPO Y FORMA.- EL JUZGADO NO TIENE INJERENCIA EN EL TEMA Y NO PODES SOLICITARLE AL ESTADO QUE TE PAGA EL RETARDO DE UN ORGANO JURISDICCIONAL
 #604470  por msal
 
Gracias por tu respuesta Gabriel. Sabes en que norma me pueden fundamentar lo que vos decis? En que se puede basar un Juzgado para demorar cuatro meses un despacho simple como ese? Bueno, gracias nuevamente por responderme.
Saludos
 #604478  por diegogvillamayor
 
cual fue el motivo por el cual el juzgado no libraba el giro?
 #604558  por msal
 
diegogvillamayor escribió:cual fue el motivo por el cual el juzgado no libraba el giro?
No hubieron motivos. solo que el expte estaba a la firma y despues vino la feria, etc, etc. yo dejaba nota siempre.