Estimados foristas, los molesto con algunas dudas.
Como sabran el 03/05/2010 se promulgo la nueva ley de mediacion. Rige a los 90 dias de su publicacion en el BO (que seria 03/08/2010).
Tuve una mediacion que me quedo en medio de esas fechas!! fue solicitada el 19/03/2010 (bajo la vigencia de la ley anterior), pero se cerro el 25/08/2010.
Segun supongo se aplicaria la vieja ley no???
Esto es relevante porque tengo diferencias entre una y otra en lo que respecta a prescripcion, caducidad y en el tema de los honorarios del mediador. En mi caso no hubo acuerdo. El tema es que la nueva ley no esta reglamentada aún. Consideran que se aplicara la reglamentacion de la ley anterior (Dec 1465/2007)????? Ese dec decia q habia 60 dias para iniciar demanda. Sino habia q abonar $300 al mediador a cuenta de honorarios.
Ahora el mediador me dice que hay que abonarle ese adelanto al retirar el acta de cierre!!!! No se que hacer, si ampararme en la reglamentacion anterior o abonarlos (para mi cliente el muy dificultoso hacer un desembolso, mas alla que sea poco dinero)
Les agredeceria mucho sus opiniones sobre todo esto.
Mil gracias
Como sabran el 03/05/2010 se promulgo la nueva ley de mediacion. Rige a los 90 dias de su publicacion en el BO (que seria 03/08/2010).
Tuve una mediacion que me quedo en medio de esas fechas!! fue solicitada el 19/03/2010 (bajo la vigencia de la ley anterior), pero se cerro el 25/08/2010.
Segun supongo se aplicaria la vieja ley no???
Esto es relevante porque tengo diferencias entre una y otra en lo que respecta a prescripcion, caducidad y en el tema de los honorarios del mediador. En mi caso no hubo acuerdo. El tema es que la nueva ley no esta reglamentada aún. Consideran que se aplicara la reglamentacion de la ley anterior (Dec 1465/2007)????? Ese dec decia q habia 60 dias para iniciar demanda. Sino habia q abonar $300 al mediador a cuenta de honorarios.
Ahora el mediador me dice que hay que abonarle ese adelanto al retirar el acta de cierre!!!! No se que hacer, si ampararme en la reglamentacion anterior o abonarlos (para mi cliente el muy dificultoso hacer un desembolso, mas alla que sea poco dinero)
Les agredeceria mucho sus opiniones sobre todo esto.
Mil gracias