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  • JUICIO EJECUTIVO-EMBARGO-

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 #606817  por majo29
 
Hola: necesitaria ayuda urgente en juicio ejecutivo!!!
el caso el el siguiente:
mi cliente es el demandado, reside en pcia de bs as. Juzgado Civ. y Com de Moron-
se le inicio JE, por pagare, firmado sin protesto y a la vista; pero nunca fue notificado, -por ende no opuso excepciones ni contesto demanda-, sin mebargo al estar en trabajando en relacion de dependencia, se le embargo el sueldo.
-El 1º proveido ordenaba libar mandamiento de intimacion de pago, ejecucion y embargo por la suma de $6700, -por el monto del pagare- mas $2200 "prima facie" por intereses y costas.(30/09/08
-2º la sentencia: resuelve que la causa de trance y remate se lleve a cabo el embargo por el monto de $6700, y difiriéndxse la determinación de los intereses a aplicar para el momento de la liquidación del crédito y hasta el efectivo pago Y las costas del juicio que se fijarán oportunamente. (20/08/09)
A esta altura mi cliente ya abono lo $8900.-, pero segun le dijeron con eso no finaliza el tramite........
AHORA BIEN ...MI CONSULTA ES LA SIGUENTE: hay que solicitar LA LIQUIDACION FINAL, ES DECIR LOS INTERES Y COSTAS DEL JUICIO, asi no le siguen corriendo los intereses?????
lo que yo haria es primero el cliente se presEta y constituye domicilio junto con el abogdo patrocinante, o sea yo, y luego solicito la liquidacion??, de presentarme como patrocinante hago el aporte-pago del ius-y presento escrito no??
QUISIERA SABER QUE HACER!!!!! DESDE YA MUCHISIMAS GRACIAS!!! SALUDS CORDIALES- *suerte*
 #607388  por SilvanaZuf
 
Hola, vas a tener que presentarte como patrocinate de tu cliente, por lo que vas a tener que abonar el ius correspondiente, y solicitar la liquidacion final del juicio sino te van a seguir correindo los intereses y honorarios ,.
Espero que te sea de ayuda.-Saludos
 #608584  por Master
 
Majo ..
No sólo presentarte con tu cliente sino acompañar los recibos. Supongo que habrá recibos, no?
Luego fijate la imputación de esos pagos. Y no olvides que recibir pagos sin reserva o imputación a intereses provoca la pérdida del derecho a reclamarlos. Por último, la liquidacion debe practicarla el acreedor, teniendo presentes estas observaciones.
 #610958  por majo29
 
Gracias Master....
y si hay recibos....de sueldo donde le practican el embargo!!
saludos cordiales
 #612136  por flux
 
Y no olvides que recibir pagos sin reserva o imputación a intereses provoca la pérdida del derecho a reclamarlos.
Nope, el acreedor no tiene que expresar su derecho o formular imputacion a intereses bajo apercibimiento de perder el derecho a estos si no lo hace cuando hablamos de una sentencia que supone una obligacion de capital e intereses... no se puede presumir la renuncia a un derecho reconocido por sentencia en forma tacita

Supongamos que hay recibos que no aclaran en concepto de que se pago la suma y luego el deudor supone interpretar que ese pago es por capital y que se han perdido los intereses... te van a aplicar estos articulos del Codigo Civil:

Art. 776. Si el deudor debiese capital con intereses, no puede, sin consentimiento del acreedor, imputar el pago al principal.

Art. 777. El pago hecho por cuenta de capital e intereses, se imputará primero a los intereses, a no ser que el acreedor diese recibo por cuenta del capital.
 #612212  por yebi
 
nunca le llego el mandamiento de intimacion? y hay sentencia?..el embargo se transformo en definitivo?