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  • consorcio, asistencia al administrador

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #607786  por DraSabri
 
Hola colegas,
les cuento, el dueño de una inmobiliaria, administrador de consorcios, tiene un problema con una empleada domestica del consorcio... los copropietarios no estan cofnormes con ella, que esta en negro... no deciden aun si despedirla o no... me consulta a mi que les conviene hacer. Asi empezamos a analizar la situación desde ya hace unos meses, se vio primero de blanquearla para luego despedirla, se requirio liquidación de un contador. En base a ello, yo prepare una liquidación estimada de lo que sería un despido en negro, con posible juicio/ arreglo de homologación en tribunales de trabajo, etc. Eso fue por escrito. Asisti a 2 reuniones de consorcio, ademas de asesorar al adminsitrador sobre el tema...

Hoy, la blanquearon, y aun no decidieron despedirla. Llegado el caso, hare las notificaciones, pero creo que sería mejor que vaya cobrando esta parte. En un principio pense en hacerles un combo, pero veo que se dilata la cuestion y quizas luego no la quieran echar.

Entonces, por lo hecho, basandonos en la ely de aranceles, cto cobro? se lo tengo que detallar en la factura paraque pueda rendirla
GRACIAS!!
 #608229  por DAL
 
"EMPLEADA DOMÉSTICA DEL CONSORCIO"????
Bajo esa figura hiciste el encuadre juridico???
Está erradísimo.
 #608265  por cfg
 
Buscá en google SUTERH o FATERYH... en la página sale un nuevo CCT 589/10, no lo leí pero te recomiendo que por ahí empiecen...
 #608447  por DraSabri
 
perdon! nada que ver... me salio escribirlo asi pensando en limpieza puse serv. domestico... pero es cierto que esta equivocado... al momento de registrarla se evaluo el encuadre, y con las advertencias hechas por mi y por el contador en cuanto a costos, la registro finalmente como Ayudante de media jornada, bajo el CCT 378/2004. Edificio de categoria 3, por tener 1 servicio central. La jornada es de 4 horas, de lunes a sabados... Se, y se los dije que registrar como "ayudante" sin haber encargado, no es correcto, pero eEl contador y el administrador estuvieron hablando con el suther creo, y quedaron en que no hacian liio, y para abaratar la registraron asi... espero que al despedirla no sea un problema... pero aun no defino si lo correcto era registrarlo como personal asimilado, encargado no permanente sin vivienda.. no me da para jornalizado, pero quizas era preferible...

estoy viendo el nuevo CCT, si alguno ya evidencio las diferencias, plis comentelas! Voy a hablar ocn el contador, asi le aviso de la sancion por las dudas.
 #609040  por DAL
 
DraSabri escribió:perdon! nada que ver... me salio escribirlo asi pensando en limpieza puse serv. domestico... pero es cierto que esta equivocado... al momento de registrarla se evaluo el encuadre, y con las advertencias hechas por mi y por el contador en cuanto a costos, la registro finalmente como Ayudante de media jornada, bajo el CCT 378/2004. Edificio de categoria 3, por tener 1 servicio central. La jornada es de 4 horas, de lunes a sabados... Se, y se los dije que registrar como "ayudante" sin haber encargado, no es correcto, pero eEl contador y el administrador estuvieron hablando con el suther creo, y quedaron en que no hacian liio, y para abaratar la registraron asi... espero que al despedirla no sea un problema... pero aun no defino si lo correcto era registrarlo como personal asimilado, encargado no permanente sin vivienda.. no me da para jornalizado, pero quizas era preferible...

estoy viendo el nuevo CCT, si alguno ya evidencio las diferencias, plis comentelas! Voy a hablar ocn el contador, asi le aviso de la sancion por las dudas.

Ahhhhhhhhhhhhh que alegría!!!!!
Si, es correctisimo lo que decís sobre no poner ayudante si no hay un principal. El sindicato, si fuera acá, te hacen lio!!!
Yo tuve el mismo dilema cuando regularizamos a nuestra portera, monotributista. Usamos la moratoria, y solo pudimos encuadrarla como personal jornalizado 18 hs, ya que al ser 50 unidades el consorcio, no podíamos poner a nadie de medio día. Y ni nosotros podríamos pagar, ni la portera quería trabajar, jornada completa.

Lo que vi del nuevo, que te aclaro que no leí sino que lei un comentario, es por lo pronto que la antiguedad es mas barata, pero solo para los ingresados a partir de julio de 2009, que es la fecha del convenio, por ahí, mas o menos. Cosa que nosotros no podemos usar proque le reconocimos un monton de antiguedad. En fin . . . cosas de consorcios-
 #609075  por DraSabri
 
claro, bueno, a nosotros nos pasa lo mismo entonces, porque se blanqueo este año, pero con retroactividad hasta el día de ingreso de la trabajadora, para no tener problemas... voy a confirmar con el contador en que categoria la blanquearon al final.. igual, en definitiva, si se termino haciendo como ellos querían como ayudante de media jornada, ya no se la vamos a modificar, supongo que quedaremos eventualmente sujetos a reclamo frente al despido... pero llegado el caso, veo de homologar en ministerio de trabajo..

con relación a mis honorarios, que opinan? por las tareas hasta aqui desarrolladas? el administrador es amigo mio, pero tampoco me quiero abusar, porque la idea es poder seguir teniendo cada tanto un trabajito de esta indole...
 #609967  por DAL
 
No se cuanto hiciste, pero por ahí, 500 - 700 pesos, que es el valor de un dictamen si solo guiaste. O fijate cuantas horas, o cuantas consultas invertiste, y calculalo en base a eso.