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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #607932  por kellygi
 
hola....estoy haciendo mi primera liquidacion y tengo dudas: trabajo no registrado
fecha de ingrso: 5 de septiembre de 2009
fecha de despido: 25 de mayo 2010
mi duda es sipara calcular las vacaciones, los dias trabajados se cuentan solo los de este año o hay que contar tambien desde el 5 de sept. ?
y si calculo tambien el sac correspondiente al 2009?

Los rubros que puse son: indemnizacion por antiguedad, sac por indemn por antiguedad, indemn sustitutiva preaviso, sac sobre preaviso,integracion mes despido, sac sobre integracio mes despido, vacaciones proporcionales, sac sobre vacaciones, y sac proporcional
me falta alguno o esta completo?

les agradesco sus respuestas
 #607941  por Gyzella
 
El integrativo no lleva SAC, que alguien me corrija por favor!!! o estoy equivocada???
Las vacaciones se calculan solo las de este año, porque si las del año pasado no se las tomo las perdio.-
Igual si queres reclamarlas no pasa nada, reclamalas.. jaja!
El resto a simple vista parece bien.-
Pregunta: si le estas haciendo la liquidacion a un empleado en negro, el motivo cual es? renuncio? lo despidieron?
Porque si intimaste previamente por la 24013 tambien tenés las multas.
Bs
 #607994  por agentil
 
[quote="Gyzella"]El integrativo no lleva SAC, que alguien me corrija por favor!!! o estoy equivocada???
Las vacaciones se calculan solo las de este año, porque si las del año pasado no se las tomo las perdio.-
Igual si queres reclamarlas no pasa nada, reclamalas.. jaja!
El resto a simple vista parece bien.-
Pregunta: si le estas haciendo la liquidacion a un empleado en negro, el motivo cual es? renuncio? lo despidieron?
Porque si intimaste previamente por la 24013 tambien tenés las multas.
Bs[/quote
DISCREPO, ENTIENDO QUE SÍ LLEVA SAC. SALUDOS!!
 #608010  por Gyzella
 
Yo nunca se lo calculo, hace rato, pero estoy segura de que de algun lado lo saque..
Igual nunca vi en una liquidación laboral el rubro: SAC S/ Integrativo ?????????????????
Es más no recuerdo haber leido nunca una sentencia que realice el calculo asi..
A ver.. colegas si nos despejan esta duda:
¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿"AL INTEGRATIVO LE CORRESPONDE SAC"?????????????????

Bs y gracias.-
 #608316  por kellygi
 
Gracias chicos.....si estoy haciendo la liquidacion a un trabajador en negro por despido.
Estuve preguntando y me dijeron que el integrativo si lleva sac.... por lo menos en La Plata sii,
Les hago otra consulta... ¡como se calcula las diferencias salariales y los periodos trabajados y no percibidos? fui al ministerio detrabajo
a pedir un modelo de acuerdo espontaneo y uno
d los rubros de la liquidacion es Diferencias salariales...., y periodos trabajados y no percibidos
 #608345  por mariaci
 
Hola!

Sii lleva SAC!

Agrega los montos por las multas de la 24013 y 25345 por los certif art. 80.

Para sacar la diferencia salarial tenes que hacer el salario devengado (el del CCT) menos el percibido y esa diferencia la multiplicas por 24 meses (que es el periodo no prescripto que se puede reclamar) en este caso no supera los dos años asiq reclamas por todo el periodo trabajado.

Si hay algun periodo que trabajo y no percibio lo incluis como salario adeudado, lo reclamaste en los tcl???

La liquidacion hacela de acuerdo al sueldo que le corresponde por convenio!

Exitos
 #608351  por kellygi
 
muchas gracias Mariaci,..., osea que la liquidacion no la hago por el sueldo que el percibia que era de 1700p.? aunque en el telegrama lo haya mencionado?
 #608370  por kellygi
 
cuanto es el sueldo que le corresponde aun empleado de comercio