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  • ¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿ COMPETENCIA CIVIL O ADMINISTRATIVA ????????????

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #609154  por lawyer07
 
HOla colegas, tengo unos clientes que hicieorn un contrato de alquiler sobre un local de su propiedad y en donde el Locatario es el Estado Provincial, (alquilaron el local al estado para que una escuela efectue allí las clases de gimnasia de los alumnos) y al haberse producido incumplimientos (de cláusulas y de los pagos) se me plantea la duda si debo iniciar un recurso administrativo y someterme a dichos proceidmientos, o si por el contrario puedo iniciar los trámites pro vía civil, ya que al ser el pago de los cánones un acto administrativo del estado provincial no me queda claro si debo impugnar los mismos por insuficientes por la vía administrativa como así también los demas incumplimientos contractuales.
Mis clientes en el contrato fijaron someterse a los tribunales civiles pero no se si estando el estado como locatario eso puede hacerse, es decir si se puede válidamente prorrogar la jurisdicción. Aclaro que el contrato no fue visado por el departamento legal provincial y mis clientes tampoco consultaron a un abogado al hacerlo, lo que abriría la vía a múltiples interpretaciones.
bueno agradecería aportes del tema, ya que estuve consultando libros de derecho administrativo y no aclaran mucho al respecto.
Gracias !!