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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional

 #51594  por Arika
 
Hola ! La situación de revista está bien, yo pondría un mes más por las dudas. Si el sr no tiene aportes de ningún tipo te podés tomar 7 años de ddjj, que lo podés poner del 10/73 al 9/80. Espero te sirva. Saludos!
 #51595  por pavime
 
El beneficio del art.3 sería de 7 años por la fecha de cese en 1984, con lo cual la liquidación sería mas barata.
Igual, podrías esperar otras opiniones

 #51609  por Arika
 
Davqui, revisando tu sit de revista nuevamente veo que tu sr cumple los 18 años en 05/1960. Tu sit de revista sería a partir de 06/1960 hasta 03/1990 o al 04/1990 si le querés poner un mes más. Disculpame pero se me pasó ese cálculo !!!

 #51610  por davqui_21
 
Arika escribió:Davqui, revisando tu sit de revista nuevamente veo que tu sr cumple los 18 años en 05/1960. Tu sit de revista sería a partir de 06/1960 hasta 03/1990 o al 04/1990 si le querés poner un mes más. Disculpame pero se me pasó ese cálculo !!!
gracias. me equivoque yo, lo corregi y lo postee de nuevo.

 #51653  por d_lorenti
 
Me agarro una duda el Art. 3 lo podes aplicar en fechas salteadas. EJEMPLO 01-1971 al 12-1971 luego del 06-1977 al 06-1980, y asi, No se si se comprende je.

Me agarro ese abatatamiento je

 #51735  por Arika
 
Hola d-lorenti yo lo he aplicado salteado y no tuve problemas !