Si el acta de procedimiento policial, contiene declaraciones del imputado, supuestamente en forma " espontanea" en el lugar del hecho, pero...en los ultimos tres renglones dela misma, luce " por razones de practicidad esta selabra en la sede dela comisaria.....", no estariamos transformando una declaracion " supuestamente espontanea" en un 308? y ese 308 no seria nulo por falta de letrado que represente la defensa?. Atento a que si el acta es firmada en el lugar de os hechos es una cosa, pero si es confeccionada y firmada en la comisaria que ? Algunos antiguos, como la que suscribe quiza recuerden la maquinita de escribir que traian los preventores cuando habia un procedimiento y taca taca la apoyaban en cualquier lado. Porque si no toman nota de las "declaraciones espontaneas", porque sospecho que no revisten calidad de taquigrafos, como la reacen en la comisaria? le vuelven a preguntar al imputado y entoces, dimos otra vuelta de calesita y estamos de nuevo en una indagatoria?
lilianasarda escribió:no estariamos transformando una declaracion " supuestamente espontanea" en un 308? y ese 308 no seria nulo por falta de letrado que represente la defensa?Bueno, también porque la declaración no se prestó frente a un fiscal ni fue recibida en la sede de una fiscalía.
Además, es muy claro el inciso 8 del art. 294 CPPBA: "...En el lugar del hecho, o en sus inmediaciones, o en donde fuere aprehendido, podrán requerir del presunto imputado indicaciones o informaciones útiles a los fines de la inmediata prosecución de la investigación. Esta información no deberá ser documentada y no podrá ser utilizada como prueba en el debate."
Saludos.