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  • Falla de Caja y Art 200 LCT

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #613674  por lolo011
 
Colegas pregunto, tengo un cliente que necesita configurar injuria y estoy pensando en lo siguiente. Esta persona trabaja en una heladeria como cajero desde hace unos cuantos años. resulta que hay algunos compañeros de otras sucursales que le abonan el suplemento de falla de caja. Ahora bien, en el convenio colectivo, nada habla del tema... ¿podria intimar a que le abonen la falla de caja desde 2 años atras alegando igual tarea igual remuneración? ya que hay quienes tienen su misma categoria y tienen ese privilegio?
Otra causal! este empleado trabajo horarios intercalados es decir de 16 a 24hs. entonces los 8 minutos que nunca se lo abonaron conforme al art. 200 LCT puede ser viable?
mUCHAS GRACIAS *leo*
 #613688  por MORGAN
 
La falla de caja está en el CCT -art. 30-. Si la jornada nocturna se trabajó íntegra le deben 8 minutos por cada hora.
 #614585  por lolo011
 
Hola . Gracias por responder, pero el CCT de este empleado es otro distinto del que habras visto, dado que nada dice de los 8 min. Este tema lo trata directamente la LCT en su art. 200.