Hola! Necesito si me pueden ayudar con este tema. La empresa retiene del sueldo de los empleados lo destinado al pago de la obra social, pero no realiza los aportes. Por lo que estuve leyendo, segun el art. 604 del CPCC. debería iniciarse una ejecución fiscal.
Art. 604 CPCC. - Procederá la ejecución fiscal cuando se persiga el cobro de impuestos, patentes, tasas, retribuciones de servicios o mejoras, multas adeudadas a la administración pública, aportes y contribuciones al sistema nacional de previsión social y en los demás casos que las leyes establecen.
Pero que ley debería aplicarse en este caso? Cual debería ser el procedimiento a seguir?
Agradezco cualquier comentario que me pueda guiar aunque sea un poco en esta cuestión. Desde ya, muchas gracias!!!
Art. 604 CPCC. - Procederá la ejecución fiscal cuando se persiga el cobro de impuestos, patentes, tasas, retribuciones de servicios o mejoras, multas adeudadas a la administración pública, aportes y contribuciones al sistema nacional de previsión social y en los demás casos que las leyes establecen.
Pero que ley debería aplicarse en este caso? Cual debería ser el procedimiento a seguir?
Agradezco cualquier comentario que me pueda guiar aunque sea un poco en esta cuestión. Desde ya, muchas gracias!!!