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  • legitimacion activa de querellante ¿pareja?

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 #616176  por alelifich
 
Hola colegas me surgió una duda existencial, puede un novio, concubino (sin union civil) o amigo presentarse como querellante por la persona de la cual tiene esa relacion afectiva? porque me parece medio raro, ya que no tiene ningun vinculo legal ni sanguineo. Gracias de antemano.
 #616355  por poorlaw
 
HOla,

La pregunta admite dos respuestas, según qué aspecto haya que tomar:

1. Si te referís a la figura del querellante según el CPPNación (lo que en PBA es el "particular damnificado"), cualquiera puede actuar como mandatario, mediante poder especial (art. 83 CPPN), pero, por imperio de la ley 10.996, la representación debe ser ejercida, indefectiblemente, por procurador, abogado, o los que ejerzan una representación legal (padres respecto de sus hijos, presidentes de SA, socio gerentes de SRL, etc.)

2. Dice el art. 82 CPPN, 3º párrafo: "Cuando se trate de un delito cuyo resultado sea la muerte del ofendido, podrán ejercer este derecho el cónyuge supérstite, sus padres, sus hijos o su último representante legal."

Saludos.
 #616356  por alelifich
 
No me refiero a mandatario ni apoderados, ni a que sea abogado, me refiero a la legitimacion activa, o sea, la capacidad legal para poder tomar parte en el reclamo por ser damnificado.
 #616424  por poorlaw
 
Uy, disculpame, entendí mal, como preguntaste "¿puede un novio, concubino (sin union civil) o amigo presentarse como querellante por la persona de la cual tiene esa relacion afectiva?", creí que te referías a la posibilidad de que un concubino represente a su pareja como querellante...

Saludos.