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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #616271  por Argentino
 
Buenas tardes: Pregunta quizas tonta: Es necesaria la presencia del actor ( yo su apoderado) en una audiencia conciliatoria o bastaria solamente con la mia. Lo planteo porque dificilmente se llegue a un acuerdo y la Sra. Mi cliente no quiere perder el tiempo...Entiendo que no s necesrio verdad? Salvo que se llegue a un acuerdo y deba firmar el acta verdad ??
 #616294  por daco64
 
Creo que tenes que ir vos si o si. Si no no se cierra la instancia y te vuelven citar. Tu cliente si te otorgó poder no es necesario
 #616381  por Junior77
 
Cuando las partes son citadas por el Trib. con el objeto de intentar una conciliacion deberan comparecer a la audiencia designada asistidas por sus abogados o por abogado apoderado con facultades suficientes para transar y/0 conciliar. El trabajador debe estar presnete, o posteriormente (antes de ser homologado) deberá ratificar personalmente el acuerdo conciliatorio al que haya arribado su apoderado. *leo*