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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #618040  por coraso
 
Hola, tengo la siguiente duda. Una empleada de Anses me dijo que para presentar recurso por error material el plazo es de 2 años desde la notificación. Ahora, no estoy encontrando normativa que lo avale, y por lo que vi en otro post el error material se plantea como recurso de reconsideración y por lo tanto el plazo es de 10 dias hábiles?
Gracias
 #618078  por noelin
 
ES COMO PENSAS VOS. LO OTRO ES LA PRESCRIPCION DESDE LA CUAL PAGAN EVENTUALMENTE. TIENEN UNA CONFUSIÓN!!!!
 #618086  por coraso
 
Ok muchas gracias Noelin. Saludos
 #738494  por Graciela Perez
 
Tengo una duda con los plazos, me notifique el 28 de Junio en el expediente, voy a presentar un escrito por ERROR MATERIAL, me indicó la coordinadora de la UDAI que debo sacar turno para presentar el mismo, la solicitud del turno interrumpe el plazo de los 10 días habiles?

Gracias a quien pueda responderme.......
 #738496  por arielarmando
 
Graciela Perez escribió:Tengo una duda con los plazos, me notifique el 28 de Junio en el expediente, voy a presentar un escrito por ERROR MATERIAL, me indicó la coordinadora de la UDAI que debo sacar turno para presentar el mismo, la solicitud del turno interrumpe el plazo de los 10 días habiles?

Gracias a quien pueda responderme.......
Así es debes sacar turno.
 #738534  por sanher
 
Existen 2 recursos administrativos.
1) Recurso de Reconsideración, que se interpone dentro del plazo de 10 días.
2) Recurso de Revisión ante la Carss.


Si se interpone un recurso de reconsideración no debe tildarse el item "error material". DEBE TILDARSE el item "recursos".