Hola! le hago una consulta haber si pueden ayudarme! Una conocida recibio hace unos días una cédula notificandole la sentencia de embargo, sin indicar ningun bien, si se determina en la mimsa el juzgado en el que tramita el expte del cual según dice no tenía conocimiento. Ella por si no tiene ningun bien, solo recibo de sueldo. El importe que se establece en la cedula es de $1000 mas intereses y costas. Sin embargo, esta separada de hecho, y su esposo si tiene un automovil y una vivienda. Pueden embargar estos bienes? Aunque el valor de lo que se adeuda es bastante menor?
Hola Amalia: en cuanto a tu pregunta debo contestarte que los bienes que el esposo tenga y sean de su titularidad, es decir, si en el título del vehículo dice que está a nombre de él y que está casado con tu amiga....en principio se podría embargar el 50% de ella, aunque si fuera yo iría directamente al embargo del sueldo que es más rápido y menos problema.
No entiendo lo que decis en el tema de la cédula, en el juzgado no conocían el expediente?; la cédula la firma un abogado o un secretario de juzgado?.
Cualquier duda tendrías que ir a la mesa de entrada del juzgado y pedir que te lo busquen.
Espero que te sirva.
Saludos.