Por la habitualidad de las horas extras, las tendre en cuenta en la remuneracion, el tema es que todos los meses hace extras entre 147, otros 201, 245, 132 y asi, y cobraba un mes 2.096, 2.883, 3.136, 1.949, no se que mes tomar para hacer la liquidacion 
La justicia en Argentina, anda sobre ruedas, o sea que aparte de ciega es paralitica!!!
