Buenos días queridos colegas. Tengo un expte donde estoy por la parte actora, trabamos embargo en 2004 - provisorio- y ahora que ya tenemos sentencia firme, queremos ampliar el embargo, pero el juzgado nos pide que fijemos una actualización de la sentencia condenatoria, según nosotros. Para hacer el cálculo qué tasa de interés resultará aplicable? Tengo entendido que la tasa pasiva del BCRA , pero he visto en otros fallos que se admite la tasa activa. Es en Rosario. Alguno amablemente me ilumina sobre el tema? Gracias, saludos!
CarlaComini-Abogada-rosarina
