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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #624374  por johnmanue
 
Estimados colegas, hace poco me recibí y estoy haciendo mis primeros pasos.-
Me llego una mujer que trabajo casi un año en un shopping que esta en provincia como oficial de maestranza (limpieza) y era empleada directa de una empresa de limpieza que es medio fantasma (es imposible localizarla).
La agarro un abogado de capital (que solo esta matriculado ahí) antes que yo, envio telegramas a esta empresa sin resultado alguno (no le recibieron el telegrama) y desistió del asunto.-
Yo pienso extender la Responsabilidad al Shopping en el cual trabajaba, por el art. 29 LCT 1 y 2 párrafo.-
Ahora a quién enviar telegrama porque pienso El Shopping es Alguién que alquila locales a otros para realicen actividades comerciales... y ahi me entro la duda por que el articulo dice para extender la responsabilidad, sera considerado "empleado directo de quién utilice su prestación" y todos los locales utilizan esta prestación -ya que la mujer limpia partes que le son comunes a todos-... asi que pense ¿debería demandar a todos los locales? . También debo mirar el art. 30 LCT...y bueno revente...me dije me zarpe en solidaridad, me cayeron mal los ravioles de mi vieja, me hubiera dedicado a la música jajaja.-

POR FAVOR NECESITO OTRAS MIRADAS.-

DESDE YA MUCHAS GRACIAS.-
 #624377  por ANAMARIAP
 
Yo creo que mandar telegrama al shopping es mas viable, porque en definitiva, ella limpiaba las partes comunes, no los locales en particular. Pienso, no???.. :?
 #624417  por agentil
 
Envia directamente al Shoping, ya que es una subcontratación que hace el mismo, entra en el 30 de la LCT y por el plenario Ramirez podés demandar a cualquiera de los dos. saludos!!