Un cliente viene con el intercambio epistolar ya terminado. Él trabajaba en negro.
Resulta que el telegrama que le confeccionaron es un desastre. Intima registración en los términos de la LE; y otorga al empleador plazo de 48hs para que responda sobre la legitimidad de su pretensión.
El empleador no contestó al emplazamiento, y el trabajador, pocos días después, se consideró indirectamente despedido.
El telegrama fue recibido efectivamente por el empleador (consulta pag web)
¿Qué opinan?
Resulta que el telegrama que le confeccionaron es un desastre. Intima registración en los términos de la LE; y otorga al empleador plazo de 48hs para que responda sobre la legitimidad de su pretensión.
El empleador no contestó al emplazamiento, y el trabajador, pocos días después, se consideró indirectamente despedido.
El telegrama fue recibido efectivamente por el empleador (consulta pag web)
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